hol a todos, tengo una duda :autonomo por modulos que compra elemento de transporte de 2º mano, valor 22838.46,la amortizacion a deducierse en la renta seria la correpondientecomo maximo al 50% o en 4 años,no?
y si eso es asi sería 22838.46/4=5709.62, no?me podría deucir 2854.81, el 50% de 5709.62?
Esque no tengo muy claro como es en la practica.
Hola,
En el supuesto que indicas es:
Máximo: 25 x 2 = 50% = 11.419,23
Mínimo:100 : 8 = 12,5% = 2.854,81
Cualquier porcentaje de amortización anual que apliques que este comprendido entre los dos es correcto.
Solo contesto a tu duda de aplicación,no he verificado que para el ejercicio 2007 sean correctos los porcentajes.
Saludos.
Perdona pero no entiendo muy bien porque haces eso del mínimo 100:8=12.5%
Esque es un camion de segunda mano y los años máximo son 4, no 8; no sería100:4?
Yo creo q. en la amortizacion hay que respetar los 2 límites del 50%(coeficiente) y de años 4, no estoy segura.
Hola,
Acabo de mandarte una respuesta que, por lo visto se ha perdido. Da igual, la repito.
En el cálculo de la amortización hay dos limites, un máximo expresado en porcentaje, en este caso 25%, y un mínimo expresado en años.
Si el mínimo es de 8 años, para amortizar el 100% que porcentaje tienes que amortizar cada año? 100:8= 12,5. Ya tenemos el periodo de años expresado en porcentaje.
Por otra parte, al ser un elemento comprado usado permiten multiplicar por dos el porcentaje máximo, 25 x 2 = 50. Pero, el minimo se queda igual.
Espero haberte podido ayudar y que no se vuelva a perder.
Saludos
Si lo del 50% lo tengomuy claro, pero lo que no entiendo es porque el mínimo se queda igual , no se tendría que multipilcar tb po 2 100/8=12.5 *2= 25.
Vale acabode leer por decimo octava vez la ley de irpf actividades económicas y yolaimterpretaba mal,porque no me fijaba en que`sólo pone que se multiplica por 2 el coeficiente de amotización lineal máximo( porcentaje no años), vaya lio tengo gracias, entonces amortizare el cambional 25% que esta dentro de ambos límites, gracias
Ahora me surge otra duda, si yo compro el camion en 30/09/07, de cara a los módulo en iva lo regularizo( tengo en cuenta el nuevo camion,es decir año los módulos correpondiente al nuevo camion) ahora en el resumen anual, y en el irpf también lo tengo encuenta ahora en el 4º trimestre y me puedo deducir ahora la amortizacion correspondiente al año 2007, no?
No sé si me explico,esque tengoun poco de lio con el irpf(pago fracccionado)
Si, es correcto lo que expone. Lo regulariza y lo tiene en cuenta, tanto el camión como la amortización. Eso sí... el dia 30/09/07 entra dentro del tercer trimestre, pero vamos, por un dia no pasa nada.
Gracias a todos, la verdad esque me parece bastante lioso los pagos fraccionados del irpf de módulos, pero vaos creo que poco a poco le iré cogiendoe tranquillo, espero que me ayudeis con mis duda.
Gracias de nuevo.