Querria saber las consecuencias que tiene la incautacion de la garantia provisional a la hora de presentarnos a los concursos publicos. Nos incapacita para poder presentarnos?
Hola
Si ha sido incautada por retirar injustificadamente la proposición antes de la adjudicación, impide la contratación con las Administraciones Públicas durante dos años.
Suerte.
Muchas gracias por tu respuesta zoraser, ahora me surjen otras dudas, la incautacion se produjo antes de la modificación de la LCSP, tiene efecto retroactivo? Hay alguna página donde se recojan las empresas que están incapacitadas?
Hola.
Teniendo en cuenta que la Ley 30/2007 no llegó a entrar en vigor, supongo que te refieres a la legislación anterior, R.D.L. 2/2000.
En cualquier caso la causa de no poder contratar es la retirada de la proposición, independientemente de la incautación que puede ser debida a otras causas. Las prohibiciones para contratar en la legislación vigente hasta el 30 de abril de 2008 las tienes en el art.20 del R.D.L., citado. Las actuales, que son las que te interesan, se reflejan en los art. 49 y 50 de la Ley 30/2007. Para saber si puedes o no contratar, hay que saber el motivo por el que se te incautó, que es lo relevante. Si el motivo no estaba incluido en la anterior, no te será aplicable.
Un saludo.