En este procedimiento lo realmente importante es que el juez y, sobre todo el forense, examinen al presunto incapaz. Los juzgados suelen ser muy flexibles en cuanto a las normas procesales, pues normalmente se trata de una obigación de la familia, que debe incapacitar a quien no puede regir sus bienes por sí mismo. Así que indaga un poco cómo es el juzgado en estas cuestiones y pienso que lo importante es que la documentación la vea el forense para que le ayude a efectuar su informe. A veces el forense y el juez ven al incapaz juntos antes del juicio, otras en el juicio,... La vista, si la discapaidad está clara, suele centrarse en el nombramiento del tutor y también es muy flexible. Se trata de un juicio verbal en el que han de ser oídos los familiares
Hola!
Necesito vuestra ayuda. Llevo varios años sin ejercer, aunque he seguido colegiada, y ahora por un compromiso estoy llevando la incapacitación de un joven y tengo la siguiente duda: Con bastante posterioridad a la demanda, hemos obtenido la calificación de discapacidad y el grado de dependencia del IMAS y no se si presentarlos antes de la vista para su incorporación a autos o hacerlo en dicho momento procesal. Agradeceré toda la ayuda que podáis prestarme. La vista está ya fijada y si pudieráis describirme cómo se desarrolla, me sería de gran utilidad, ya que durante el tiempo que yo ejercí todas mis actuaciones, sobre esta materia, las realicé por escrito. Gracias a todos. Saludos