A falta de los parientes que te he detallado, insta la demanda el Fiscal, se nombrará un defensor judicial al presunto incapaz (nombramiento que suele recaer en un abogado adscrito al turno de oficio de defensores judiciales) y se tramitará todo el procedimiento que ya te he explicado.
No creo que tengas legitimación (que puedas interponer tú la demanda) para interponer la demanda siendo sobrino porque las normas procesales son de obligado cumplimiento y las personas que tienen posibilidad de interponer la demanda son las que te he dicho.
ines o anónimo o alguien que haya por ahí!!! tengo un amigo secretario de un juzgado y me dice que si acredito que no tiene mas familiares puedo interponer yo l ademanda de incapacitación Que lío!!!! puede alguien aclararme un poco Gracias!!!
Ah!!! muchas gracias ines.
Y siempre lo hacen? Entonces será el fiscal el que lo haga y yo no tendrá que buscar abogado ni procurador? pero y si no lo quiere hacer? Gracias de todas formas!!!
La ley (artículo 757 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) legitima para promover el procedimiento de incapacidad al cónyuge o pareja de hecho, descendientes o ascendientes y hermanos del presunto incapaz, por lo que no puedes instar la demanda por tu cuenta contratando los servicios de un abogado y un procurador.
Ahora bien, sí puedes ir a la Fiscalía, preguntar por el Fiscal de incapacidades quien iniciará los trámites con vuestra colaboración (documentación médica, informes, quién asumirá tras la sentencia la tutela etc). Espero haberte sido de ayuda.
Atentamente.
Quiero ser tutor de ella, la tengo cuidandola en mi casa, pero me han dicho que esa demanda sólo la pueden poner los familiares directos, descendientes, ascendientes ,cónyuge o hermanos, entonces que hacemos los sobrinos????