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incapacitacion de mayores

3 Comentarios
 
Incapacitacion de mayores
perfil MAR
21/04/2004 00:14
Mis padres estan en una residencia, mi madre no puede moverse ni hablar, y mi padre tiene alzeimer, necesito poder disponer de sus bienes, pero me piden certificado de incapacitacion, y no se ni donde ni como pedirlo, ellos estan de acuerdo,
21/04/2004 09:34
Se trata de un procedimiento judicial por el que se les declarará incapaces (en mayor o menor medida). Acude a un abogado y te informará de los trámites a realizar. Básicamente necesitarás los certificados médicos.
21/04/2004 23:39
Buenas.
Cuelgo un artículo muy ilustrativo sobre tú problema (y no quiero q te lo tomes a mal, ni me malentiendas).
Si necesitas la regulación del Código Civil o de la Ley de Enjuiciamiento Civil, jurisprudencia o algún estudio sobre el tema, mi correo es
antonioalcarazmateos@yahoo.es
Y q todo vaya bien.
Allá va:


La incapacitación en el Alzheimer no puede favorecer a un tercero
Los familiares tienen que promover el proceso judicial para conseguirla
El propósito de los familiares de un enfermo de Alzheimer para obtener la declaración judicial de incapacidad es excepcional y se promueve "en muy pocos casos", ha señalado Gerardo Turiel, profesor de Derecho de la Universidad de Oviedo, quien se ha mostrado partidario de impulsar esta declaración cuando las capacidades volitiva e intelectiva del enfermo estén afectadas, pero "siempre con el objetivo de proteger al incapaz".
Gerardo Turiel ha participado en Gijón en un curso sobre Avances en la enfermedad de Alzheimer, con una ponencia en la que ha abordado los planteamientos jurídicos que afectan a este tipo de pacientes.
A pesar de que el porcentaje de familiares de enfermos de Alzheimer que buscan la declaración de incapacidad es mínimo, cuando el entorno del paciente promueve un procedimiento judicial "los jueces otorgan mayoritariamente la declaración y aceptan que si el Alzheimer está avanzado y los informes periciales lo corroboran, debe ser considerado incapaz".
La información pericial médica debe determinar si las capacidades intelectiva y volitiva del enfermo están afectadas, es decir, "si es consciente de lo que piensa y de lo que quiere; en definitiva, si es capaz de gobernarse a sí mismo", ha apuntado Turiel. Hay que tener en cuenta que los jueces en sus sentencias pueden graduar la incapacidad del enfermo y determinar para qué actos jurídicos el paciente es considerado válido y para cuáles resulta incapaz.
Mirar su beneficio
En lo que se refiere al debate sobre si un enfermo de Alzheimer debe ser o no declarado incapaz, el jurista ha señalado que se trata de una discusión que trasciende los límites estrictamente jurídicos: "A poco riesgo que se derive de la actuación del enfermo creo que debe procederse a su declaración de incapacidad, siempre en su propio beneficio, nunca en el de terceras personas, ya que los efectos de sus actos jurídicos estarán controlados por un juez, teniendo en cuenta, además, que la persona que se encarga de su tutela se atribuye también la responsabilidad sobre las actuaciones del enfermo".
Cuando la enfermedad está avanzada, ha explicado, "las ventajas de la declaración de incapacidad superan a los inconvenientes".
En el proceso de incapacitación es a los familiares a quienes corresponde su comienzo y, en caso de que alguno de ellos se oponga, "dará lugar a otro pleito que será resuelto en los tribunales".
22/04/2004 11:29
A ver si puedo ayudarte, citaré algunas cosas sobre la incapacitacion de personas mayores:
el art.200 del Código Civil dice que "son causas de incapacitación las deficiencias persistentes de caracter físico o psíquico que impidan a la persona gobernarse por si misma".
La incapacitacion tiene como finalidad principal proteger a la persona y se justifica por esta ausencia o disminucion de discernimiento, bien se trate por enfermedad mental que impida el autogobierno de su persona y sus bienes (incapacidad total o parcial), o bien para la protección del interés económico familiar (incapacitacion por prodigalidad).
Hacen falta claro está los oportunos informes médicos que asi lo demuestren.
Pueden promover la incapacitación en primer lugar, la familia directa: conyuge y descendientes, ascendientes o hermanos. Cuando estos no existieran puede hacerlo el Ministerio Fiscal (si es que tiene conocimiento de la existencia del presunto incapaz).
Una vez que se declara a la persona incapaz se nombra un tutor que dará cuentas de sus acciones al Ministerio Fiscal.
Espero haberte ayudado en algo.