Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

incapacidaz permanente

5 Comentarios
 
Incapacidaz permanente
02/10/2013 13:44
quisiera saber que diferencia hay que el plazo de revisión de incapacidad permanente absoluta sea de 1 año o de dos ,ya que la mia es de solo un año, me reconocieron la incapacidad permanente absoluta el 15-02-13, y pone que podrá ser revisada a partir de 1-02-14? gracias
02/10/2013 16:47
La diferencia está , en que algunas incapacidades se presumen recuperables a "corto plazo" , a estas se le aplica un plazo más corto de revisión (6 meses -un año).
Otras son de patologias más complicadas y presumiblemente irrecuperables o no recuperables a "corto plazo".
A estas se aplican dos años de revisión , cabiendo la posibilidad de que no se revisen jamás.
02/10/2013 17:34
ok,ya pondré explicación cuando me llamen o no me llamen
02/10/2013 22:57
Me dieron la absoluta en el año 2009 con revisión al año.
No me llamaron.
03/10/2013 08:35
La fecha de revisión no es una fecha exacta en la cual si no te avisan , ya no te revisan.
Si la resolución dice ""podrá ser revisada a partir de 1-02-14"" , a partir de esa fecha ambas partes pueden solicitar una nueva revisión.
Si bien , la inmensa mayoría de las pensiones no se revisan jamás.

No tiene nada que ver si le dieron 6 meses , 1 año ó 2 años para fecha de revisión.
Es a partir de ahí cuando se supone que la incapacidad ya es susceptible de agravamiento ó mejoría.
03/10/2013 09:07
Hola stick, una pregunta, que % de revisiones se hacen anuales a personas con incapacidad,gracias.