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incapacidad

22 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 22 comentarios
10/06/2011 08:38
No sé como se abre un nuevo post,me imagino que es otro nuevo mensaje,poniédolole un título no es asi?..
Ya lo hice en mas de una ocasion,pero eso es cuando el tema que vas a exponer no tiene nada que evr con loq ue aquí hay,pero en mi caso,creo que tiene relacion ya que hablo de discapacidad,pues entro en el foro de discapacidad,con todos sus inconvenientes y beneficios ..todo
Hace unos 7 meses que no entro aqui para no molestar demasiado,proque sé que aqui se hablan de prolemas y deciciones importantes...por ello entré porque la mía es muy importante,depende toda mi familia y yo de lo que se determine según yo lo haga ,por ello necesitob de vuestra ayuda,teniendo en cuenta que si estoy aqui es por temas de salud y ahí no sé que decirte...bueno si me podéis ayudar me decír y si no pues no lo entenderé si no me lo explican bien...un saludo
09/06/2011 11:58
Budimont, para que no te lleves a engaño, ni soy médico ni soy abogado, sin embargo sí que creo que acierto si te digo que por lo que refieres y teniendo en cuenta que según tengo entendido eras (tu última profesión) comercial, no parece que te vaya a resultar fácil conseguir una resolución de incapacidad en ninguno de sus grados, suponiendo que tengas las cotizaciones que se precisan para ello. En cualquier caso, puedes solicitar si lo crees oportuno la valoración por el equipo de evaluaciones de tu comunidad y que el INSS resuelva.

En cuanto a la discapacidad, puedes solicitar la valoración de la misma ante los servicios sociales de tu C.A., por probar no pierdes nada, pero tampoco parece fácil que superes el 33% que es el mínimo para que te repercuta en algún tipo de beneficio. Puedes tu misma echar un vistazo al RD que lo regula y hacerte una idea de por dónde andan los tiros:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1971-1999.html
09/06/2011 11:26
Muchas gracias kapitan...Te explico, para que tengas algun dato mas.
Tengo una discartrosis presionando nervios que no me permiten ni andar bien, he sido diagnosticada en esta misma semana, por eso, el no tener ni idea de como va el tema ni de incapacidad, ni el de discapacidad, solo se, que mi problema, es un problema diagnosticado crónico, y degenerativo, y dicho por el traumatologo, y por el rehabilitador, cura no tiene, unicamente, hacer mas facil la vida, con la rehabilitación a la que estoy asistiendo, y nada mas, no se si te sirve los datos que te doy, pero hasta la semana que viene, no se mas en cuanto a los médicos, Ah, solo informarte, que ya trabajando, me di de baja en varias ocasiones, por lumbago crónico, hasta que me han estudiado el problema, y dado el diagnostico, Solo sé que un dia estoy regular, y los demas incapacitada en mi silllón, sin poderme levantar. Muchas gracias Muack
09/06/2011 10:55
Debo alertar a los foreros, que las intervenciones de Mariela27 solo intenta destorsionar y confundir a los que verdaderamente necesitan ayuda, se esta viendo claro que su interés es el de divertirse, preguntando incoherencias y desajustando la realidad.
09/06/2011 10:39
Mariela, en el consejo que le das a Budimont creo que mezclas la discapacidad con la incapacidad que no hay que confundir.

Budimont, la cosa no es tan sencilla, has de agotar las posibilidades de cura, tener el derecho reconocido por cotizaciones, que tu profesión habitual sea incompatible con la enfermedad o las lesiones crónicas que te han quedado... La incapacidad permanente no es una vía de escape al paro como muchos se creen ni la solución a todos sus problemas.
09/06/2011 10:34
Merchepi, la incapacidad que no te permite trabajar en nada es la absoluta, sólo que se pueden dar algunas excepciones como te comenta cultura, muy concretas y en las que por lo general te vas a encontrar muy de frente con el INSS.
09/06/2011 10:21
Tienes razón cultura, cuando escribí lo que escribí ya sabía que había excepciones ya recogidas por el Supremo e incluso en una resolución del INSS de 1991. No lo mencioné por creer que si bien es posible, la realidad es que se da en pocas ocasiones y que la consultante que actualmente tiene una IPT, difícilmente encajará en estas excepciones.

Corregido queda.
09/06/2011 09:05
buenos dias a todos cultura entonces cual es la incapacidad que no puedes trabajar en nada yo creia que es la absoluta
09/06/2011 09:02
gracias por las contestaciones kapitan y arcilla
09/06/2011 08:28
Buenos días a todos...
Necesito que me ayudéis a saber qué debo o tengo que hacer en mi caso actual,he recibido una carta del INSS proponiédome una incapacidad total para mi trabajo,tengo unas secuelas que no me permiten continuar en el que me produjo la incapacidad,pero desde un poco antes de recibir la notificación me han cambiado de puesto de trabajo,pero no oficial,es decir no hay ningún documento que me justifique mi actual trabajo,pero tampoco tenía justificado por contrato el anterior que me causó el problema,ya que mi trabajo inicial es de ACE de playas y somos una plantilla de unas 20 personas en la misma situación de fijo laboral,con trabajos sin especificar,más bien hacemos de todo,por ello entra cualquier trabajo,es decir no pueden decir que no hay trabajo para mí,y de hecho me han cambiado a otro lugar que puedo hacer con mi problema de salud.
Pregunto,ahora que me ha llegado la incapacidad y tengo 30 días para responder,tengo derechos a quedarme en mi trabajo actual y cobrar la incapacidad,ya que al cambiarme de trabajo demuestran que sí hay trabajo para mí,ya que leí por ahí que se extingue el contrato si la empresa no tuviera otro trabajo para mi...no sé si voy mal enfocada,trabajo en un ayto,en donde hay variedad de trabajo...
Espero que me contestéis pronto,agradeciédo vuestra colaboración para tanta gente que necesitamos consejos y ayudas....Gracias a todos los que hacéis que las cosas sean más fáciles...
09/06/2011 03:08
Quisiera contestarle a Kapitan en relacion a la incapacidad absoluta.
El hecho de tener dicha incapacidad no te impide realizar trabajos , de hecho muchos trabajadores de la O.N.C.E estan trabajando con la incapacidad absoluta.
Por supuesto que puede ser llamado por el E.V.I (equipo de valoración de incapacidades), pero si ellos ven que el trabajo que estas realizando no va a afectar a tu incapacidad , tu puedes continuar en tu trabajo sin ningun problema.
Ademas hay sentencias en los tribunales ,las cuales se permite a un trabajador con una incapacidad absoluta a continuar trabajando.
09/06/2011 00:03
POR SUPUESTO QUE ME HAS AYUDADO!!! MIL GRACIAS ;) No tenía ni idea de por donde empezar y al menos ya tengo datos Buenas noches Mariela27, y no dudes que has sido de gran ayuda y las mas indicada, porque solo me has contestado tu...Duerme esta noche, pensando que una rubia mañana, esta en su Ayuntamiento, solicitando Asistente Social (que no sabía ni donde se encontraban Muackssssss
09/06/2011 00:01
Hola budimont,alomejor soy la menos indicada para asesorarte pero yo según mi experincia y lo que he visto,hay que dirigirse a asuntos sociales de tu lugar y llevar los informes que tengas de tu salud,ellí te solicitan una incapacidad rellenando unos formularios y adjuntando tus informes,también puedes dirigirte al INSS y solicitarla directamente y también a tu médico de cabecera,él te informará bien,pero sobre todo en la trabajadora social de tu ayuntamiento,que están para ello,entre otras muchas cosas.
Espero haberte ayudado un poquito al menos ,y que te ayuden pronto...un saludo
08/06/2011 21:53
Buenas tardes Mariela,Kapitan,Archilla estoy leyendo vuestros comentarios, y veo que estais puestos en el tema...necesito por favor de vuestra ayuda, ya que no se donde dirigirme, mi situación actual es de desempleo,tengo 40 años con una hija a mi cargo,de 18, cobrando la prestación por subsidio de 426 euros al mes.Actualmente, no puedo trabajar, porque estoy en Rehabilitación hace 6 meses, con problemas en las vértebras.Mi pregunta es:
-Tengo derecho a cobrar pensión por invalidez?
-Donde debo dirigirme?
-Estoy desesperada, pq cuando me llaman de algun puesto de trabajo no lo puedo coger por motivos de salud,
Muchas gracias Un saludo Mont
08/06/2011 15:26
Correcto archilla, tienes razón, son 680. Ya contaba tanto con que con la absoluta no tiene retención IRPF como que con la total y con esa cantidad, tampoco. Cien euros, son cien euros.
08/06/2011 13:13
vale,disculparme entonces...gracias Arcilla
08/06/2011 13:06
Mariela27
por favor abre un nuevo post, tu tema lo merece
08/06/2011 12:58
Hola ,buenoya hace tiempoq ue no entro en le foro,debido a la espera de una resolucion de incapacidad,que en principio me propone el INSS,luego ellos mismos me deniegan por ellos evaluar que no tiene que ver con mi trabajo y que al aportar la documentación que lo acredita hoy he recibido una nueva resolucion ,ya que estaba en espera de un juicio en enero próximo...
pues bien en esta nueva resolucion han cambiado algunas coas,me aceptan la acreditacion y me consideran enfermedad profesional,pero si que la cuantía es menor y tambien que ahora son 14 meses en vez de 12 que me dijeron en la primera proposicion denegada por enfermedad profesional y denegada mas tarde...un lío
Mis preguntas son las siguientes al respecto:
-Puedo seguir trabajando y cobrando la pension ?...ya que me han cambiado de lugar de trabajo,o debo acreditarlo antes y como?
- Si tengo mas problemas de salud,como osteosperosis,asfixias por pulmon,puedo solicitar a la vez la incapacidad absoluta ahora o debo esperar? me quedaría el sueldo integro en el caso de absoluta?
-tengo derecho a indemnizacion por incapacidad toatl para mi trabajo,cuando debo solicitarla,una vez finalizafa la resolucion?
Perdonarme las dudas,pero me habéis ayudado bastante anteriormente y eso me ha permitido ir a mi abogadao bastante informada por vuestar parte,por ello os estoy muy agradecida ,quedando a la espera de algunas,al menos de mis preguntas....
Un saludo y un millón d e gracias anticipadas
08/06/2011 12:53
kapitan, me parece que te ha bailado un numero:

si los 374 € que dicen fueran brutos, vienen del 55% de una base de 680 €
. En la IPA como queda el 100% ése seria el importe de la pension. Además las IPA son siempre sin IRPF, están exientas
08/06/2011 11:30
Con una absoluta, no, so pena de quedarse sin pensión. Mi consejo es que si puede, haga algo, por poco que gane será mucho más que lo que le quede de pensión, en uno y otro caso.