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incapacidad

6 Comentarios
 
Incapacidad
14/06/2006 17:25
Hola compañeros.Tengo una duda y acudo a vosotros por si alguien me la puede resolver.
En el supuesto que se ha pasado por el tribunal médico y se está a la espera de recibir la carta con la resolución.Supongamos que la resolución es negativa a conceder una incapacidad y lugo se va a la reclamación administrativa y a continuación a la judicial(creo que funciona así).Pues durante este periodo, mientras se realizan todos estos trámites,
se consumen los 18 meses de baja .Qué pasa , hay que ir a trabajar mientras se concreta algo. Hay que coger el alta y a continacion la baja. O dan por supuesto que mientras se realizan estos trámites (que no son cortos) sigues de baja hasta saber algo en concreto .Esto siempre en el supuesto que la persona está realmente mal y su incorporacion al trabajo es muy problematica por el momento, nadie sabe cuando va a ser la recuperaión , ni siquiera se sabe si esta será posible.
No entro en planteamientos morales deque el médico es amigo o que está haciendo cuento etc. Por favor pesar esta vez que la persona no está bién y el consejo del médico esque deje el trabajo que está haciendo actualmente.
Os pido amablemente que nos ciñamos sólo a las circunstancias legales del tema. Salud a tod@s y un abrazo.
14/06/2006 17:46
Hola.

En tanto no te contesta el INSS la situacion sigue siendo la que se deriva de permanecer en I.T. ya sea en pago directo por haber agotado el plazo o por tener alta con propuesta, ya sea en pago delegado a traves de la empresa.

En el momento en que recibas la resulucion del INSS y si esta fuese denegando tu pretensión, con independencia de que recurras a la vía judicial o no, el trabajador ha de presentarse en su puesto de trabajo y a partir de ahí, se las ha de ingeniar como buenamente pueda: Ya sea pidiendo las vacaciones en tanto no se soluciona el priblema o pidiendo otra I.T. por motivo distinto, o en el peor de los casos trabajando.

No se si con esto queda contesrtada tu duda.

Saludos.
14/06/2006 17:58
Gracias Ninfa por la rapidez y la manera fácil de explicarlo.
A raiz de lo que dices me surge otra duda.Una vez recibida la resolució , supongamos que negativa, y mientras se producen los procesos que he mencionado arriba,¿ no se puede pedir una baja por el mismo problema?. El doctor , psiquiatra etc. consideran el proceso de curación de larga duración y con posible agravamiento en caso de reincorporarse al trabajo.
¿No te parece un poco rocambolesca la situación que te planteo y la manera que tiene la ley de verla? . Supongo que son bastantes las personas que se encuentran en esta situación a lo largo de un año.
En fin , me gustartía saber si alguien se ha encontrado con esto y como lo ha solucionado.
De todas maneras la respuesta es clara. Gracias Ninfa y salud.
14/06/2006 18:06
Hola.

Efectivamente son bastante frecuentes estas situaciones que planteasy cuando esto sucede si el trabajador en realidad no puede trabajar no le queda mas alternativa que intentar otra I.T. por causa diferente o pactar con la empresa las vacaciones en tanto no se solucione por la via judicial ese problema, al que por cierto, le puede ayudar mucho la empresa.

Saludos.
14/06/2006 18:30
Dices que la empresa puede ayudar mucho en esta situación. Entonces si es una persona que por condición física a causa de la enfermedad no puede desarrollar bién el trabajo o dicho con otras palabras, no tendrá el mismo rendimiento que antes de la enfermedad. ¿Como puede ayudar la empresa?.El tribunal médico cuando tú vas allí y presentas los informes médicos,¿ la mútua de la empresa ha enviado algún informe del tipo de trabajo que realiza?.
Perdona por ser tan pesado agradezco tu paciencia.
14/06/2006 21:31
Hola.

Si la empresa esta por la labor calro que puede ayudar, en el juzgdo claro está.

La puedes demandar y pedir interrogatorio de su representante legal; puede autioriza, "forzar" a que algun testigo se presente al acto de juicio y unos y otros pueden declarar lo mucho que se queja y las dificultades reales que tiene para llevar a cabo el trabajo que desarrolla tu cliente; que los movimientos que hace o la postura que tiene que adoptar es así o asá; que efectivamente no pueden encomendarle tareas propias de su profesion y que provisionalmente le mandan hacer labores muy sencillas o le permiten descansar en espera de que se resuelva su situacion; etc. etc. ¿Pillas por donde puede ayudar.?

Saludos.

Saludos.
15/06/2006 08:33
Gracias Ninfa. Queda claro por donde va el asunto.
Un saludo.