Buenos Dias. Tengo un familiar con 30 años que ha sufrido dos intervenciones quirurgicas en un año. Al dia de hoy esta de baja laboral. Tanto el medico de cabera como varios especialistas de sus diversas patologias le han recomendado a la doctora de cabecera que solicite una incapacidad. Mi familiar tiene 30 años y tiene cotizado 7 años a la seguridad Social. Me gustaria saber si le puedo ayudar a calcular su posible pensión porque esta aterrorizado
Porque le han dicho que le pueden 392 Euros de Pension. Tiene cotizado en 54 meses 51730 Euros. Me gustaria si alguien me puede ayudar como se puede calcular una pensión de invalidez. Gracias.
Buenas tardes, para calcular una base reguladora por incapacidad permanente en régimen Autonomo, con 29 Años Y 8 meses. Con 7 años cotizados cual es la formula? la suma de la cotización que serián 4,66 Años Que equivale a 54 Meses Y el Divisor 63. Gracias.
Ves a una oficina del Inss, y que te digan los requesitos minimos para cobrar una incapacidad,para cobrar el 100% necesitas 15 años cotizados, alli te informaran a ciencia cierta.
Buffy 42 la información que has señalado es incorrecta.
Los 15 Años son para incapacidades en situación no de Alta. Pero mi familiar esta dado alta desde hace más de de 5 años. Esta mañana he llevado a mi familiar a la Oficina del INSS. Por tener 29 años le exigen 54 Meses que equivale a 4 años Y medio. Ahora me gustaria saber si alguien me puede ayudar a poder calcular una posible prestación se creen oportuno el tribunal medico.
Para que alguien le pueda orientar correctamente en ese cálculo , necesita saber cuales son las contingencias de esa baja.(enfermedad común , profesional , accidente laboral , no laboral ...)
Stik en primer lugar Muchas Gracias por tu respuesta. Te doy los datos. Edad 29 Años. Baja laboral por Enfermedad Común. En situación de alta el dia de la baja y continua dado Alta en Regimen de Autonomos desde hace más de 5 Años. En 54 Meses ha cotizado 51730 Euros. Si necesita algun dato más me lo Indicas. 7 Años cotizados en vida Laboral.
51730: ( 54 x 1,166)= 821 es la Base reguladora, de aqui el 55% seria la pension , 451,5€ , con la regularizacion del ipc seria cerca de 460€ , 14 pagas anuales.
buffy42 Gracias Por la Respuesta.
Solo un apunte más. Lo del 55% por un importe 451 Euros Seria Por una posible Incapacidad Total. Una total cualificada serian 615 Euros Y la Abosoluta 821 Euros. Si Me equivoco me corriges buffy42.
Stik de nuevo gracias por tus respuestas. Es noche tengo que ver a mi familiar. Para explicarselo en breves segundos a mi familiar. En caso que el INSS despues de aportar los informes medicos y hagan el Estudio. En caso que le concedierán una incapacidad. El importe de la prestación serian 451 O 821 Dependiendo que fuera total o absoluta. Si no me equivoco para explicarselo a mi familiar. Gracias Stik por la ayuda.
Stik. Según nos han indicando en el Inss. Por enfermedad Común. Una parcial se tienen que tener Acreditado 1800 Dias Continuados. Y aparte los Autonomos No tienen derecho a la parcial.
No quiero ser pesado Stik. Pero que es una indemnización a tanto alzado.
Fernado II. Esto se lo he dicho a mi familiar y se lo ha los medicos y el funcionario de Inss . Tiene que ir paso a paso. Por desgracia Ya tiene informes medicos que le piden una incapacidad. Pero poco a poco.
A tanto alzado = abono de la cuantía en un solo pago, a groso modo.
Dicho de otro modo:
""Es una opción disponible para los trabajadores que sean beneficiarios de prestaciones económicas por Incapacidad Temporal, por la que pueden acumular en un solo pago una serie de mensualidades de abono de dicha prestación, extinguiéndose, tras dicho abono, la percepción prorrateada mensualmente a la que tenía derecho.""
Solo añadir , luis , que no es exactamente así como lo expones:
dices en un post anterior:
"----Y aparte los Autonomos No tienen derecho a la parcial----".
Hay que puntualizar que no tienen derecho si deriva de enfermedad común , pero sí por enfermedad profesional"
Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos:
Incapacidad permanente parcial:
Si deriva de contingencias comunes, no se protege.
Si deriva de contencias profesionales, si se protege. Se considera incapacidad permanente parcial para la profesión habitual la que, sin alcanzar el grado de total, ocasione al trabajador una disminución no inferior al 50% de su rendimiento normal para dicha profesión sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de aquélla.
Stik Mi familiar su baja es por enfermedad Común. Y lo He visto en la pagina de la Seguridad Social que el maximo de mensualidades de tanto alzado son 84 mensualidade. No se si tu sabes el dato.