Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Incapacidad y trabajo como autonomo

2 Comentarios
 
Incapacidad y trabajo como autonomo
05/09/2013 11:53
¿Puede un incapacitado darse de alta en el régimen laboral de autónomos?
Obviamente, no pregunto si puede hacerlo sólo. Ya sé que, en caso de que pudiera hacerlo legalmente, su voluntad debería ser completada por la del tutor.
La duda viene por otra parte. Por definición, un autónomo puede contratar, por ejemplo, a otros trabajadores. ¿Podría hacer eso un incapacitado? ¿Bastaría con la intervención de su tutor?
No sé si existen normas legales al respecto.
El caso es fácil de contar: incapacitado de 20 años; su madre es su tutora; el chaval es un artista trabajando el barro y ya ha hecho exposiciones. Su madre quiere darle de alta como autónomo.... y no consigo saber si lo puede hacer.
He consultado con la SS y, hasta el momento, no he tenido éxito.
Gracias
05/09/2013 12:01
Imagino (me puedo equivocar) que el joven acude a algún taller de alguna asociación o fundación donde trabaja el barro.
Y me imagino también que, si pones la consulta aquí, es porque el trabajador social de la asociación o fundación tampoco te ha sabido decir.
Pues yo tampoco lo sé, pero contesto más que nada para que no se pierda el hilo porque es un tema que me interesa a mí también.
Así que esperemos las respuestas de los expertos.
Un saludo.
05/09/2013 18:25
En nuestra opinión existen varios impedimentos legales para el reconocimiento de la condición de trabajador autónomo pueda darse en el supuesto planteado:
1.- El Código de Comercio vigente, cuyo contenido y terminología debe ser interpretado de forma acorde con la fecha en la que fue redactado, 1885, define como "comerciante" a quienes tengan "capacidad legal" y tengan la "libre disposición de sus bienes", reconociendo únicamente a menores e incapacitados capacidad a tales efectos, completada por sus "guardadores", cuando continúen la actividad comercial previamente ejercida por padres o causantes.
2.- La Ley 20/2007 de 11 de julio por la que se regula el Estatuto del Trabajador Autónomo declara como "fuente" del régimen profesional del tabajador autónomo a la normativa común mercantil y en consecuencia al Código de Comercio.
La ausencia de referencia explícita de la normativa de Seguridad Social a si un incapacitado judicialmente puede quedar incluído en el ámbito de aplicación del RETA no debe ser, en nuestra opinión, interpretado favorablemente, ya que las normas anteriormente citadas no reconocen tal condición a la persona incapacitada judicialmente.
Saludos.