El caso es que a un cliente de 51 años, en 2012 le reconocen una Incapacidad Permanente Absoluta para todo trabajo debido a que sufre retinosis pigmentaria avanzada, que en resumidas cuenta reduce progresivamente la capacidad de adaptación a la oscuridad y en general reduce la visión. Fechan la posible revisión en julio de 2014.
Poco después de la resolución del INSS la DGT se comunica con él a propósito de la misma para retirarle el carnet de conducir.
Ahora el cliente dice que ha mejorado su visión y que cree que podría superar las pruebas médicas para volver a sacarse el permiso. La duda que le surge es sobre si, una vez superadas las pruebas del carnet le revisarían de oficio el grado de incapacidad (corriendo el riesgo de que le reduzcan la prestación).
Hasta donde sé, la revisión de oficio puede darse en cualquier momento desde el 2014, independientemente de si se saca el carnet o no.
Si el INSS comunicó a la DGT el reconocimiento de la incapacidad al cliente, cabe pensar que a la inversa pueda suceder lo mismo (la DGT avisa al INSS de que se ha sacado el carnet, lo que conllevaría seguro su revisión), pero una funcionaria de la DGT me dijo que no comparten base de datos y que no se le daría cuenta al INSS. Dadas las circunstancias, no me quedo muy seguro.
¿Alguien que pueda decirme algo sobre esto? ¿Hay comunicación en una sola dirección, o en las dos?
Lo mas normal es que la DGT no informe a la SS ya que no tienen ninguna obligación solo la Admón de la Hacienda Publica la cual ya le pone un escrito que firma el interesado para que sus datos sean revisables, de comunicar a la SS y dudo mucho que la DGT se preocupe de informar, no así ya que si le reconocen una IPA, esta claro que no puede conducir y sería un riesgo para cualquier persona que se cruce con esta persona y por eso le retiraron el carnet, ahora bien si luego recupera su carnet la DGT no tiene ninguna obligación de comunicar al tribunal que le reconoce esa IPA.
Existe la posibilidad que dada la patología por la que se le retira el carnet dicho persona deba presentar documento e que supera el reconocimiento médico que lo capacita para poder conducir, tampoco en éste caso creo que se deba informar al tribunal calificador de la IPA, pero siempre existirá ese riesgo y si de aquí a que se cumplan los dos años le tendrán que hacer la revisión con lo que si recupera el carnet terminaran por revisarla y se la podrían desde quitar a reducir a una IPT, con lo que corre un grave riesgo.
Por otra partes le reconocen una IPA y recupera creo que consiguio engañar al ribunal, porque hoy en dia para reconocer una IPT hay que ir con la cabeza bajo el brazo, cuanto mas una IPA y ahora me dice que cree haber mejorado para recuperar el carnet, esto me demuestra que le beneficio reconocimiento d la IPA pero que no era tan seria la cosa, y como se sabe hay que estar a las duras y a las maduras, si esta bien porque estará defraudando y si esta mal porque si recupera el carnet, (todos sabemos que el reconocimiento médico para cubrir con la DGT son livianos e incluso inexistentes muchas veces) y por ello recupera el carnet estando mal estará poniendo en peligro la vida del propio interesado así como la de terceros.
Como dice Jamgpreve, no es habitual que entre las Administraciones se pasen datos, pero sí estamos viendo que el INSS y la DGT están comunicadas en algunas zonas (claramente en Aragón).
La verdad es que aunque por lo que se ha dicho hasta ahora, en principio no habría peligro de ver reducida la prestación por IPA, lo preocupante es que lo que comenta Jamgpreve al final es totalmente cierto. Si las pruebas médicas que le hacen son las estándar, posiblemente las pase. La pérdida de visión periférica no se suele testar así que, por si acaso, mirad bien al cruzar.