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incapacidad total

24 Comentarios
Viendo 21 - 24 de 24 comentarios
15/10/2012 18:27
ainoa1 perdona quería decir que tu es la que me entendiste que me equivoque al escribir tu nombre ,todo lo que dices tienes la razon yo nunca me referí al IRPF vamos ni siquiera se me paso por la cabeza. es todo como dice ainoa1 perdon y gracias.
15/10/2012 19:24
lupizo
1) Creo que en algunas cosas está liado, igual es por toda la información que recibe, se lo digo con todo respeto.

2) Para pedir opinión tiene que dar todos los datos, pues adivinos por ahora no somos. Usted tendría que empezar diciendo que cotizó a diferentes Regimenes de la Seguridad Social, por lo menos a 2 deduzco de lo que expone: al Régimen Especial de Trabajadores del Mar y al Régimen General. Igual cotizó a alguno más, no lo sé, pero tiene que dar los datos.
Usted lo que puede hacer es ir a la Tesorería General de la Seguridad Social de su provincia y pedir un informe de cotizaciones, en el mismos vendrán todos los años cotizados, indicando cuantos años cotizó a cada régimen y porque base de cotización. Con esto tendrá todos los datos de cotización de su vida, y si usted observa algún error intentar subsanarlo a través de la reclamación correspondientes .Si no sabe dónde queda la Tesorería puede indicar la provincia donde reside y se lo indico.

Es importante que pida este informe para ver que está bien reflejado todo, piense que las cotizaciones de los trabajadores del mar las recauda el Instituto Social de la Marina como colaborar de la TGSS, y aunque ahora está todo informatizado antes no (y hubo un tiempo que era independiente el ISM) y puede que algún dato de cotización no esté contabilizado. Luego está el tema de si era o no española la empresa, por si las cotizaciones se hicieron en España u en otro país, en cuyo caso habría que ver en que país (si es o no de la UE, si se aplican los nuevos reglamentos comunitarios o no, etc). Y a esto hay que añadirle que la empresa cotizara, pues es sabido que en algunos países del norte de la UE (que presumen de ser muy sociales) antes de ser UE no admitían en el campo de aplicación a los trabajadores extranjeros de empresas pesqueras de su país, amparándose de que trabajaban fuera de su territorio, y los trabajadores no cotizaban ni tenían protección, en cambio cuando llegaban a tierra si tenían que pagar impuestos. Un lío...por eso digo que debería recopilar toda la información de que disponga, para contrastar los datos (incluidos los contratos o documentos que acrediten que trabajó para dichas empresas pesqueras para el caso de que ese tiempo no aparezca en la TGSS como cotizado).
15/10/2012 19:25
3) Entiendo por lo que expone que la resolución en la que se reconoce su IP total la dictó el INSS?? De ser así, su pensión fue reconocida por el Régimen General y no por el Régimen Especial del Mar, ya que en este último caso la resolución la dicta el Instituto Social de la Marina.
Cuando se cotiza a varios regímenes diferentes, como es su caso, se causa la prestación:
a) en el último régimen en el que se cotizó si se reúnen los requisitos,

b) en caso contrario, en el régimen en el que cotizó anteriormente, y

c) si no reúne los requisitos individualmente en ninguno se suman las cotizaciones y se reconoce el derecho a la prestación en el régimen en el que más tiempo cotizó.

4) Luego hay otra cosa que tiene que tener en cuenta en el informe de cotización que pida, y que me extraña que no tuviese en cuenta, pues por los datos que da entiendo que usted ya podría jubilarse, por jubilación anticipada a los 60 años al tener la condición de mutualista, e igual la pensión sería mayor con los años de cotización que tiene (aunque también influye la cuantía por la que cotizó). Le explico de forma resumida:
-el Régimen especial de trabajadores del mar se creó a finales de 1970, desde esa fecha de cotiza a dicho régimen especial, pero antes…

-desde el 1-1-67 hasta 1970 se cotizaba al régimen general, si bien las cotizaciones se entienden efectuadas al régimen especial del mar.; y

-antes del 1-1-67 se cotizaba al Montepío marítimo nacional (salvo que fuera estibador portuario que cotizaba a la Caja de Previsión que estos tenían)...pero todas estas cotizaciones anteriores al 1-1-67 se entienden realizadas al mutualismo laboral, por lo que usted tendría la condición de mutualista a efectos de acceder a la jubilación anticipada a los 60 años...por eso me extraña que si tiene 60 años no haya valorado la posibilidad de pedir la pensión de jubilación anticipada, con los años que tiene cotizados, aunque hay que tener en cuenta que no son sólo los años sino también la cuantía por la que se cotiza.

5) Por hacer el servicio militar tiene derecho a que le computen un año como cotizado, da igual que estuviera 4, sólo se computa 1.

Resumen, pida toda la información para poder verificar todo, pues mucho me temo que hizo las cosas sin informarse bien e igual no tomó la mejor opción para usted.

P.D. La próxima vez que escriba sería importante que fuera exponiendo los puntos por separado, porque cuesta mucho leer todo junto. Espero que usted entienda lo que yo expongo.

Saludo.

19/10/2012 09:25
hola bueno ya esto se me esta arreglando poco a poco,este mes de octubre me empiezan a pagar ya el 20% y pasare a cobrar 708 euros aunque tendré que ir de nuevo pues no me explico como no llego a cobrar los complementos mínimos que serian 715 euros con conyugue a cargo pero lo que pasa creo según me dijeron en tesorería es que me llegaría el complemento del 20% pero no lo del conyugue todavia, que es cuando serian los 715 que están estipulados como máximo me dijeron que es mejor que vaya a reclamar de nuevo pues generalmente lo suelen poner pero por si acaso es mejor ir,les tengo que decir que me pagaron ya los atrasos pero alguien me sabe decir como echaron las cuentas pues si solo dan hasta tres meses me dieron 648 euros y si eso lo divido entre los 3 meses me da un total cada mes de 216 euros que si se los sumo a los 519 que cobraba me da un total de 735 euros al mes,¿quiere eso decir que pasaría a cobrar entonces 735 euros al mes? o no pasare de esos 715 que creo que es lo que pertenece al mes con conyugue a cargo, o sera que me dieron algún día de mas, en fin que estoy echo un lió pero pequeño pues al fin ya cobre y ya mi mujer y yo podemos pagar la casa y comer al menos decentemente y al menos veo compensado en parte los 23 años cotizados en el régimen general,los 10 años en el régimen del mar y los 7 de autónomos. y debido a el coe que me hicieron,osea el coeficiente reductor del mar me podre jubilar con 63 años con el 100% tengo que decir que cumplí los 60 años en mayo, gracias a todos y si me podéis contestar, constatando o corrigiendo en todo lo que dije me sentiría mas satisfecho un saludo jose lopez
04/06/2016 18:10
hola un saludo a todos los que sin animo de lucro nos ayudan a los que no sabemos mucho de esto en mi caso mi padre me saco de estudiar y me puso a trabajar desde los 8 añitos y a los 14 ya empece a cotizar en el 1966 ahora ya mi espalda esta totalmente rota ando con muletas y creo que según el tribunal me van a conceder la absoluta aunque todavía no me llego la carta, perdón por mis faltas de ortografía porque yo apenas puede ir al colegio se que ay excelentes personas por aquí como trola y ainoa1 y algunos mas que nos soportan y encima nos aconsejan y nos dan muchas respuestas todas muy validas , mi pregunta es ¿si estoy cobrando por una ipt 735 euros con el 20% que te dan, cuanto me correspondería por la absoluta cobrando el cien por cien,? es que no se hacer eso de los porcentajes y me hago un lió la directora del inss me dijo antes de solicitar la revisión por agravamiento que me corrresponderia unos 988 euros pero otra chica me dijo que seria algo menos, ya tengo 64 años y tenia que haberme jubilado por mis años de mar con 63 pero me decian que para hacerme el precalculo tendria que renunciar a mi ipt porque sino no les entraba el programita porque tenia que estar en situacion de baja en la seguridad social en fin me aguante estando casi dia si y dia no en cama hasta que ya me estan dando 30 mg de morfina y asi aguanto mas los dolores aunque estoy como borracho jajaja , muchas gracias a todos bueno creo que conseguí la absoluta cuando ya solo me faltan 9 meses para jubilarme con los 65 años , pero no quise pelear por lo de mis 63 años que era cuando me correspondía jubilarme en fin ya que mas da ,lo mejor es que ya me concederán la absoluta ahora que ya ando en silla eléctrica de ruedas por cierto comprada por mi ahorrando euro a euro y claro de segunda mano pero al menos puedo pasear.espero que no me echéis la bronca , trola es de los que mas me comprende y me soporta jaja, solo quería saber cuanto me corresponde si me van a dar el cien por cien porque no se sacar el porcentaje ya digo que estoy cobrando 735 con el 20% que me dan que hago saco el 20% y de lo que me quede que son 588 le sumo el 45% uf vaya lio perdonar todos no me echeis muchas broncas porque entre los 30 mg de morfina y el bromazepan de 6 ya tengo bastante castigo jaja gracias muchas gracias a todos los que me soportaron siempre, un saludo