Buenas tardes en mi empresa una trabajadora cogio baja por hacer movimientos repetitivos y diagnósticaron codo de tenista y le han echo 4 operaciones. Esta de baja por mutua y después de 2 años de baja el tribunal médico le han dado incapacidad total que le quedara una paga de 55%. Ella no esta de acuerdo y recurrira la absoluta. Puede demandar daños y perjuicios a la empresa? Al terminar relación laboral le dicen que no le pertoca ni siquiera finiquito.( Vacaciones no disfrutadas) yo pertenezco al comité de empresa y también al de seguridad y salud. La pregunta es si puede demandar daños y perjuicios a la empresa y a quien tiene k reclamar la absoluta a seguridad social o a mutua? Muchas gracias
Buenas, finiquito le corresponde, porque la relación se ha extinguido y se le debe liquidar las cantidades correspondientes, en éste caso las vacaciones generadas, como bien dice, puesto que se siguen generando aunque haya estado de baja. Lo que no me queda tan claro, es qué daños y perjuicios reclamar a la empresa, porque si no se ha llevado a cabo la adecuada prevención de riesgos laborales, en el sentido de no facilitar los medios adecuados, pues podría ser. La IP absoluta debe reclamarla a la Seguridad Social, organismo encargado de resolver.