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Incapacidad Temporal y Vacaciones

5 Comentarios
 
12/01/2017 18:30
PedroAtaxia
Hola llevo un mes de baja por una operacion, en el convenio pone que las vacaciones deben estar expuestas antes del 31 de enero. Cuando voy a solicitar mi periodo de vacaciones me dicen que no tengo derecho al estar de baja y cuando me reincorpore podre escogerlas entre los periodos que queden libres,dando asi preferencia a todos mis compañeros. Me gustaria saber si esto es cierto. Muchas gracias.
12/05/2016 00:52
Hola yo estoy de baja desde junio del 2014, por lo que no he disfrutado ni las del 2014, las tenia en julio, ni las del 2015 y por lo que veo las del 2016 tampoco estare de alta, me estan tramitando la IP, porque e estoy recuperando de la última operación. Las vacaciones no me las han pagado ni las he disfrutado. A que tengo derecho? y como se reclaman? Gracias
08/05/2016 11:59
Hola, buenos días!
Pedro, puedes disfrutar de las vacaciones que durante la IT no hubieras podido hacerlo.
Desde el último día del año (31-12- año que corresponda) dispones de 520 días para su disfrute.

Yo he estado 24 meses de IT por enfermedad común. Te cuento: comencé la baja mayo 2013. En el 2014 y continuando de baja me abonan las de ese año. Y en 2015 que me incorporo en abril, he disfrutado las correspondientes al 2013. Y sin problema alguno.
Espero haberte ayudado
07/05/2016 11:42
Buenos días,

Te dejo un artículo de mi revista que lo explica qué pasa con las bajas y vacaciones.
http://www.bloglaboraltrabajador.es/2014/04/que-sucede-con-una-baja-laboral-durante.html
06/05/2016 14:47
Buenos días.
De entrada las vacaciones se tienen que disfrutar dentro del año natural, sin embargo en el caso que hayas estado de baja la ley preve que si que las puedes disfrutar.
Para más información contacta con nosotros a través del formulario de contacto http://agsgraduados.es/es/contacto/
Un cordial saludo.
Incapacidad temporal y vacaciones
06/05/2016 13:44
Buenos días amigos foreros.
Tengo una duda razonable.
Tras pasar un año de Incapacidad Temporal y habiéndome dado el alta médica, ¿tengo derecho al disfrute de las vacaciones del pasado año?
Muchas gracias de antemano por su atención.