buenas tardes ,no paro de recibir llamadas de la mutua que quiere hacerme una revision ,os recuerdo que me concedieron la IP en grado de total para la profesion habitual con fecha 8/10/2015 por enfermedad profesional ,quieren que vaya a madrid a una clinica a hacerme pruebas,soy de la provincia de murcia,,yo les he dicho que lo que requieran de mi persona ,que lo manden por escrito ,,hace 3 dias que no paran de llamar,,,el caso es que hoy al llegar a casa ,en el buzon habia un aviso de correos para recoger un burofax,,puedo recogerlo despues de las fiestas de navidad?el aviso pone que tengo 30 dias naturales para recogerlo,,algun consejo por favor ,se que van a intentar ,,,,hacerme la vida imposible,,,ya que fueron capaces de falsear ,los informes
,un saludo
muchas gracias 000Izartxo en mi caso es urticaria de contacto al producto que manipulaba en mi trabajo (brocoli) e insuficiencia respiratoria por asma intrinseco,la mutua falsifico el informe de las pruebas cutaneas ,que me hizo ,pero consegui me las repitieran en la s.social ,algun consejo?
Para tí, es como si siguieras de IT (pero seguramente cobrando menos), así que ¡ojo con las revisiones! y muy importante conseguir Informes de especialistas donde aclaren que tu enfermedad no es curable.
buenas tardes ,me han concedido la IP en grado de total para la profesion habitual con fecha 8/10/2015 por enfermedad profesional ,y me pone que sera revisable a partir del 13 /1/2016,,, es normal que pongan tan poco tiempo para la revision?
Yo no he pasado, pero parece que está claro que si ya trabajando con un IPT se lesiona, en accidente o no, lo que quiera que le incapacitó permanentemente de tal modo que le impida trabajar, comenzará una incapacidad temporal hasta que se resuelva el asunto. Si, Dios no lo quiera, las lesiones fueran permanente imposibilitando que pudiera trabajar en ese nuevo empleo pero no en otros, se estaría en la misma situación que para una IPT, dependiendo de si ha cotizado lo suficiente para un nuevo cálculo o no.
1.- Si estas con una ipt y no trabajas y te tienen que operar, sea de la enfermedad que sea hasta que no te den el alta no pueden contratarte, es el mismo caso, que una persona que no tenga ningun tipo de invalidez no pasa nada, lo unico que si estas dado de alta en el Inem, cuando te operen tendrias que ir alli y presentar documentacion conforme que no te llamen para ningun trabajo.......pero tal y como esta la cosa el Inem, llama bien pokito.
2.- Si estas trabajando con una IPT , y te accidentas en el trabajo te tienen que ver los medicos de la mutua......ahora bien, si da la casualidad que te lesionas la parte por la cual te dieron la incapacidad, y es grave, YO NO sabria darte la respuestas, pero es muy interesante la pregunta.A ver si algun forero que ha pasado por esta situacion lo puede aclarar.
Incapacidad temporal para trabajar deribada de incapacidad permanente total.
Hola, tengo una consulta que no he encontrado por nigún lugar que he buscado y es la siguiente.
Que pasa si una vez que tienes reconocidad la IPT, estas de alta médica y buscando trabajo, te vuelven a operar por la misma dolencia que causo la IPT y te dan de baja médica lo que te impide ser contratado y trabajar.
Otra duda me parece que una vez que tienes IPT por una enfermedad, dolencia o patología los que te deben volver a dar la baja no es la Mutua de Accidentes que te estaba tratando si - no que tiene que ser tu médico de cabecera del INSS. Es cierto.
Esta baja puede tener caracter retroactivo al día de la operación si demuestras con informes médicos que has pasado por el quirófano. Gracias