Buenos días. Mi marido lleva de baja médica por agorafobia con crisis de pánico desde el 14 de febrero de 2011, el pasado día 8 de marzo fué citado en inspección, la inspectora habló con nosotros y nos dijo que estaba para una absoluta, pero que los informes del psiquiatra no estaban bien redactados y que tal y como iban eran para un alta en 15-30 días. Me comenta que lo ideal sería que lo valorase el psiquiatra del evi en Cádiz y nos dice que no os preocupemos que no van a hacer nada que le pueda perjudicar.
Como conocía al psiquiatra de Cádiz por haber trabajado con él, le llamé el lunes 12 de marzo y le comenté el tema, me pidió que le enviase por e-mail los informes y así lo hice el día 13, y en menos de una hora, me contesta que dde ninguna manera se puede intentar una ip para un hombre de 35 años, que hay que intentar tratarlo y me recomienda un psiquiatra a 20 km de casa discípulo suyo para que lo valore y ler instaure tratamiento, ya que segú él los 8 seguidos durante el pasado año, no sirven para esta patología. El viernes día 16 de marzo llaman a mi marido por teléfono para citarlo en Cádiz con este mismo psiquiatra. Intento hablar con la inspectora, pero rechaza recibirme a pesar de ser una compañera y no estar ocupada. Sin embargo en sólo 2 minutos me llaman de inspección de Cádiz y me dicen que deje de intentar hablar con una inspectora, que eso no se puede hacer, y que tengo dos opciones o me presento mañana con mi marido en Cádiz o envío un informe diciendo que no me puedo desplazar y emite resolución basándose en los informes que ya tiene y que ella misma descartó. En ambos casos dada la patología de mi marido implicaría un alta médica, a pesar de saber que no está bien. Creo, que lo que ha pasado es que el psiquiatra de Cádiz ha llamado a la inspectora tras recibir mis informes y le ha echado la bronca por decirme que podía llegar a una IP absoluta con los informes adecuados, la Sra. Inspectora tras la bronca cita directamente en Cádiz y crea la encerrona, pero no es capaz de dar la cara a una compañera por ello. Nuestra única opción de momento es sedar completamente a mi marido y que su padre lo lleve a consuta a Cádiz, pero así no lo pueden valorar. Mi pregunta es:
- ¿Es legal citar por teléfono con tan poca antelación que no permite ni consultar con su psiquiatra?
- ¿Es ilegal intentar contactar con la inspectora para valorar el cambio de aptitud?
- ¿Es posible cambiar de inspector o incluso de delegación del INSS por considerar que en este caso ya no son imparciales?
- ¿Qué opciones me quedan para seguir con el proceso, ya que la enfermedad es debida a acoso laboral, aún pendiente de determinar?
La unidad de valoracion, suelen llamar por estas fechas, a los doce meses de baja.
En los doce meses de baja ya ha tenido tiempo suficiente de contactar con siquiatras.
Yo creo que en este caso si son imparciales, pues a mi modo de ver han impedido que se de un resultado por recomendación, al ser compañera tuya.
Cuando pase por la unidad de valoracion, el equipo debe decidir que hace con el enfermo.
Le dan seis meses mas de prorroga.
Le dan el alta medica o.
Le dan una incapacidad.
Lógico que le llamen a los doce meses de baja por agotamiento de plazo. Sí ha contactado con el psiquiatra de Salud Mental de la SS, pero según la inspectora estaban mla redactados y por eso quería un informe del psiquiatra de Cádiz (a 120 km de mi casa). En la consulta con isnpección ella misma valoró que se encontraba mal y que precisaba un informe de psiquiatría a parte del emitido por el de su psiquiatra y estaba deacuerdo en que era imposible trasladarlo a Cádiz en su estado actual. Y "casualmente" al día siguiente de hablar yo con el psiquiatra de Cádiz es cuando ella solicita la valoración por este mismo psiquiatra allí. No nos negamos a que lo valoren cuántos spiquiatras necesite inspección, sólo nos quejamos de que tenga que sr en la capital, cuando hay montones de psiquiatras en un radio de 20 km. La prórroga de 6 meses se le concedió cuando estuvo en inspección y así me consta en un SMS del INSS.
No creo que el resultado sea por recomendación, sino que simplemente recomendó valoración por otro psiquiatra, cosa que supongo habría hecho con cualquiera.
NO sé si sabeis que agorafobia con crisis de pánico es una patología en la cual el paciente no puede salir apenas de casa. Las crisis para él son sensación de muerte inminente, dolor torácico, sensación de ahogo, y posteriormente grita e intenta escapar de lo que él considera por su enfermedad que es una situación de peligro.
Por eso nos extraña que insista en que tiene que desplazarse tan lejos.
Entiendo, que le han dado una prorroga, hasta los 18 meses?
Si es así estamos en lo que yo te he dicho en mi primera intervención.
Dame el enterado y respuesta.
Si es así continuaremos el proceso.
Trola, pues todo lo que has dicho en tu primera intervenición NO es ecorrecto, ya que no necesariamente le tienem que dar un alta médica o una incapacidad ... o es que, ¿las lesiones permanentes no invalidantes ya no existen?
No hay lesiones, es una baja por contingencias comunes.
Si en ves de criticar tanto te dedicaras, como lo hago yo en estudiarme las leyes, serias un buen asesor.
Deberías dedicarte a lees las leyes, por lo menos las mas importantes.
Mira lo que dice este art.
Agotado el plazo de duración de trescientos sesenta y cinco días previsto en el párrafo anterior, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los órganos competentes para evaluar, calificar y revisar la incapacidad permanente del trabajador, será el único competente para reconocer la situación de prórroga expresa con un límite de ciento ochenta días más, o bien para determinar la iniciación de un expediente de incapacidad permanente, o bien para emitir el alta médica, por curación
lo que yo digo, esto es para soñar despierto, trola, ¿que tiene que ver la baja por contingencias comunes con que no pueda haber lesiones permanentes no invalidantes?
Por cierto, ya que eres un estudido de las leyes, de paso puedes estudiarte (que parece que te lo has saltado a la tore) toda la sección IV, del capito V de la LGSS, relativa a las lesiones permanentes no invalidantes
Hablas de lesiones permanentes no invalidantes.
Primero hay que pararse y saber que es eso de las lesiones.
Son lesiones sufridas en el trabajo o enfermedades profesionales.
Lesiones permanentes no invalidantes
Puede enlazar a la sección Trámites y Gestiones para ver una versión simplificada.
Prestación consistente en una indemnización a tanto alzado que la Seguridad Social reconoce a los trabajadores que sufran lesiones, mutilaciones y deformidades causadas por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, que sin llegar a constituir incapacidad permanente, supongan una disminución de la integridad física del trabajador, siempre que aparezcan recogidas en el baremo establecido al efecto.
Esta prestación está incluida dentro de la acción protectora del Régimen General de la Seguridad Social y de los Regímenes Especiales Agrario, Trabajadores del Mar, Trabajadores Autónomos y de la Minería del Carbón.
Sobre las lesiones permanente no invalidantes.
Es una PRESTACION limitada que solo se prevee para contingencias profesionales.
PRESTACION regulada en el art150
Cuando suponga disminución o alteración de la integridad física.
La PRESTACION ha tenido cabida en la ley 193/1963 en su apartado 35 el dice que dará derecho a una indennizacion a tanto alzado, según baremo y permanencia en la empresa.
En el reglamento de AT - Real Decreto 22de junio del 56 ya lo contempla la PRESTACION en su art36 cuando, sin constituir merma, serà indemnizado de una sola vez por la entidad gestora o por el patrono según baremo.
Solo se indemnizara lesiones causadas por accidente o enfermedad profesional, desarrollándose en la orden 5 de abril del74, orden mayo del 88 y orden 16 de enero del 91 esta ultima orden multiplica el baremo por seis, paranadecuarlo a los tiempos.
Espero que se haya enterado nuestro forero.
De momento es CC, pendiente de determinación decotingencia a accidente laboral, cuando el INSS se digen contestar porque se nos denegó basándose en un informe del EVI que no existe.
Respecto a Lesiones Permanentes No invalidantes, no es una opción en este caso, pues no existe lesión propiamente dicha, sino que se trata de una patología psiquiátrica no valorable según baremo y sí es invalidante, o ya me direis que trabajo se puede realizar sin salir de casa y con un tratamiento que para evitar las crisis le tiene todo el día adormilado.
Mira por por donde, el empecinamiento de trola, de desprestigar a los demás, le puede explotar entre las manos, trola, dedicate a dar tu opinión y dejá a los demás que opinemos que solomos tener más acierto que tu.
Jacinto, te das cuenta, como no sabes de que va el tema.
Dejare de lesiones validantes o no validantes.
Que no estamos hablando de lesiones. Enteraté de una vez, que no hay lesiones, que no hay lesiones.
Te das cuenta, como la razón la tengo, y no porque me la den, sino porque se lo que estoy tocando, jovenzuelo aun te queda mucho.
Javin, me estoy partiendo de risa con" las lesiones permanentes no invalidantes"
Tenia el dia aburrido y mira por donde, me has alegrado el dia, " como el de la película"
Esto demuestra, lo que demuestra.
Javim, cómo puedes hablar del empecinamiento de Trola y de que intenta desprestigiar a los demás cuando has sido tú el que has arremetido contra él?
Él ha posteado a continuación del primer escrito y tú lo has hecho detrás suyo corrigiéndolo, en mi humilde opinión muy desacertadamente como se ha puesto en evidencia más tarde, aunque tampoco hace falta ser un lumbreras para darse cuenta que una enfermedad psiquiátrica no es una lesión.
En cuanto a Paula, que parece conocer perfectamente el funcionamiento de la administración en estos asuntos y que ha trabajado en esa misma administración, ha sabido dirigir perfectamente el asunto hasta ahora, pero parece que los profesionales de la medicina no coinciden con lo que a ella le gustaría, que es que informaran que su marido está incapacitado para todo tipo de trabajo, quizás sea porque no lo está.
Si ese psiquiatra consultor del EVI al que conoce por haber trabajado con él, después de ver los informes le hubiera dicho, tráemelo que lo vea que está muy mal y le voy a hacer un informe en condiciones, no habría dudado en ir a 120 km de distancia o a 1000, pero como que sabe que la cosa no pinta bien, resulta que no se puede desplazar. Qué cosas...