Mi caso se basa, en que el 26 de octubre de 2011, me deniega el juzgado la IP, y como no estabamos contrntos con esta resolucion, interpusimos otro recurso, durate este periodo mi empresa me dice que me incopore a trabajr, yo le digo que hay un proceso abirto en el juzgado, y me dicen que me tengo que presentar a trabajar, En Junio el juzgado determina que mi enfermedad es grave y me conceden la incapacidad permanente. Esto es sentencia firme. PEro ahora me han enviado una carta que me dicen que tengo que devolver dinero Al INSS poruqe la incapacidad es desde el 26 de octubre. Y que he recibido mas dinero, y esos meses yo los he trabajado porque me amenazaron con medidas disciplinarias sino me incorporaba, y ahora no se que debo hacre, porque todo el mundo dice que tengo que devolver el dinero, pero es que yo he tenido que trabajar esos meses. Me pueden ayudar.
Gracias
si he trabajado y cobrado, ese es el problema creo que al estar el proceso abierto en el juzgado no deberia haber ni trabajado ni cobrado. Pero como he dicho me obligaron a incorporarme al puesto. Lo que me gustaria saber es la legislacion en la que me puedo basar para decir que han sido ellos los que han cometido el error.
Gracias
Yo lo que no entiendo es como estando en tramites de solicitar una pension por incapacidad pudiste trabajar porque en teoria si te van a incapacitar es pq no puedes desarrollar tu trabajo, yo desde luego si no puedo trabajar pq estoy mal no trabajo me diga la empresa misa, a ver si por trabajar vas a fastidiarte mas de la dolencia.
respecto a si tienes que devolver el dinero yo entiendo que si, o cobras por trabajar o cobras por no trabajar pq no puedes, las dos cosas a mi entender son incompatibles.
yo no he cobrado nada mas que mi sueldo, no he cobrado otra cosa. Lo que me piden es q la sentencia al salir favorable a los 6 meses, el INSS ha estimado que yo debia cobrar solo lo el sueldo de la incapacidad, pero esos 6 meses yo los he trabajado, xq me dijeron q me tenia q incorporar, yo tengo mis nominas, lo q b¡no entiendo es q ahora me digan q la sentencia me cocede la ip, desde octubre y esos meses q he trabajado tengo q devolverlo. A mi pensar creo q no tenia q haber trabajado ni cobrado, durante el periodo en el que recirrumos la sentencia.
Entiendo que aunq resolvieran tu incapacidad ahora te pagaran con efecto retroactivo, fijate desde cuando dicen que te pagan la pension , porque si es desde octubre una de dos o devuelves lo que cobraste trabajando o no te pagaran la pension, las dos cosas no puedes cobrarlas pq son incompatibles.
a mi me pagaron mi sueldo, me dijeron que aunque la sentencia estuviera recurrida tenia que incorporarme al trabajo. Yo creo que si una sentencia esta recurrida, no debria no haber trabajado ni haber cobrado. Pero me dijeron que si no me incorporaba a trabajar tomarian medidas disciplinarias. Durante el periodo desde el 26 de octubre de 2010 hasta el 30 de junio, que cuando la sentencia se hizo firme y me dieron la baja, yo he trabajado y solo he cobrado mi sueldo, ninguna pension por baja ni nada, solo el sueldo. Lo que me pide el INSS es que si desde el 26 de octubre me reconocen la IP debo devolver el dinero que he cobrado de mas, pero yo esos meses he cobrado xq he trabajado. Entoces yo entiendo que hay alguna irregularidad.
Repondiendo de quien creo yo que tiene la culpa, no se si la empresa por las amenazas o mis abogados por no saber que tengo que hacer.
A ver si me aclaro yo , por lo que dices no cobraste nada del Inss, ni antes ni te estan pagando ahora atrasos ni nada parecido.Pues entonces si te mandan devolver lo que cobraste de tu trabajo que te paguen ellos la pension desde esa fecha ( desde el 26 de octubre).
Lo que no es logico es lo que te dije antes que solicitando un aincapacidad vayas a trabajar, te obligue la empresa o no, la verdad pienso que no deberias haber ido, no se lo que te aconsejaron tus abogados pero sigo sin verlo logico , si no puedes trabajar no puedes por mucho que te amenace la empresa y si estas en tramites de que te concedan la incapacidad menos porque por eso precisamente la pides, porque no puedes trabajar.
Lamento no poder ayudarte mas a ver si algun experto te saca de la duda.
Pues yo te doy mi opinión.
Cobrar incapacidad por un periodo en el cual has trabajado y cobrado tu sueldo ...es totalmente incompatible.
O devuelves lo cobrado....o te quedas sin pensión.
Y es más, (me hago cargo de que no te va a gustar la respuesta, pero sigo opinando lo mismo)
Si has trabajado durante ese periodo...es porque no necesitabas pensión.....así que a mi punto de vista....te quedarías sin pensión.
No culpes a nadie...ni a tu abogado ni a nadie....simplemente...si puedes trabajar...no necesitas pensión....si has trabajado sin poder o por miedo a las represalias o resultados....sigue siendo tu responsabilidad.
Lo siento, es mi opinión.
Lo voy a volver a decir, no he cobrado pension, solo mi sueldo.
Vuelvo a decirlo otra vez, hay un juicion y dicen que estoy apta para trabajar. Recurro la sentencia, en ese periodo estoy trabajndo xq me llama la empresa, y al cabo de seis meses el juez dicta que no puedo trabajar y me dan la IP. Lo que el INSS me pide es que en los seis meses que he trabajo, en vez de cobrar mi sueldo, debria haber cobrado lo de la capacidad permanente, si eso es asi xq me llamaron para trabajar? En ese periodo en el que la sentencia estaba recurrida no deberia haber trabajado ni cobrado, pero me llamamron y yo creo q ese dinero que he trabajado no debo devolverlo, xq yo no he cobrado nada, que no sea mi sueldo. Cuando la sentyencia si hizo firme en junio, estuve sin cobrar hasta septiembre, y entoces es cuando me pagaron los atraso. Pero yo no he cobrado pension de baja y sueldo. Yo no he cobrado pension hasta septiembre de 2011. Lo que no entiendo es que me pidan los seis meses que he trabajado.Poruqe ellos dicen que estoy incapacitada desde octubre.
yo entiendo este caso como el ejemplo de que cuando tienes que agar una indemnizacion a alguien y vas a juicio, y la sentencia se recurre hasta que no sea firme no pagas las indemnizacion.
Entoces no entiendo como me dices que estoy apta para trabajar y despues las sentencia dice que no, trabajo, haciando mas daño xq por ese trabajo se me rompe el tendon del brazo, y despues de trabajar ese periodo me dicen que la IP es desde octubre, entoces no entiendo que hice esos 6 meses trabajando si me dicen q m la conceden desde octubre.
Eso que entiendes de que una sentencia hasta que es firme no se paga ...ES FALSO.
Observa detenidamente tu propio caso:
Dices que en primera instancia, salió una sentencia en la que el juzgado le deniega la IP.
Usted recurre esa sentencia, sin embargo....dice que la empresa le obliga a reincorporarse al puesto. ¿Porqué, si la sentencia no era firme?
Pués porque es una sentencia, ...y es usted quien tendrá que recurrir y demostrar lo contrario si es posible....pero mientras tanto...esa es la sentencia y la empresa la usó en su favor. Si hablaramos de cantidades, tendría que consignar la parte que el juez estime oportuna para poder recurrir. Por lo tanto, una sentencia es sentencia hasta que se demuestre lo contrario.
En otro orden, lo "mejor" que le podría pasar en este caso , es que le obliguen a devolver ese periodo que estuvo trabajando.
Ahora hay una sentencia a su favor, la cual es TOTALMENTE RECURRIBLE, pues se le concede una Incapacidad Permanente durante un periodo en el cual esa incapacidad NO ha existido. USTED ha trabajado en ese periodo.
Si el INSS estudia detenidamente su caso, se le puede complicar y bastante el tema de su pensión.
Puedes pedir una aclaración de la sentencia, solicitando en esta aclaración que se corrija la fecha de la incapacidad.
Pevisajo, antes de la denegación de la IP, el facultativo del INSS debió darte el alta medica, por lo que al no estar tú conforme con dicha alta medica, la recurriste interponiendo RECLAMACION PREVIA, al ser esta denegada interpusistes demanda ante los juzgados de lo social.
Pero la SS dejo de pagarte la PRESTACION desde el alta medica, comunicando te que te incorporaras al trabajo.
Ósea, que desde el alta medica del INSS, ya no recibes PRESTACION y tienes que incorporarte a la empresa.
Y no es que la empresa te diga que tienes que trabajar, es en el momento del alta medica, que pudiera ser cinco o seis meses antes de la RECLAMACION previa y posterior demanda.
Gracias general.
Eso es lo que creia entender, que si se recurre la sentencia, porque la primera vez me deniegan la IP, se supone que los meses que trabajé, no afectan a la IP. Por lo que no entiendo que el INSS me pida que devuelva dinero, xq lo que me piden es que esos meses que yo he trabajado, en vez de recibir, mi sueldo deberia haber cobrado solo la pension. Pero yo he trabajado, porque la primera sentencia fue denegada, me dieron el alta, y me dijeron que me incorporara. Recurro la sentencia, me dan la IP, en julio y me dicen que la IP es desde octubre, no entiendo bien la cosa.
Gracias por vuestros consejos y opiniones me sirven de gran ayuda.