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incapacidad permanente

3 Comentarios
 
Incapacidad permanente
27/12/2004 23:53
Tras los 18 meses de baja el tribunal medico me denego la incapacidad permanente por fibromialgia,lo lleve a juicio , y lo he ganado, me han reconocido una incapacidad permanente total, pero ahora mi abogado dice qeu lo mas seguro es que la seguridad social recurra, suelen hacerlo por sistema y que el proximo juicio seria dentro de unos seis meses y que lo mas seguro es que la vuelva a ganar, pero durante estos seis meses en qeu situacion estare?, pensionista, me debo incorporar al puesto de trabajo, causar baja?
Gracias de antemano
29/12/2004 13:08
Profesionalmente no tengo ni idea, pero no sabes la suerte que has tenido,al sacarla a la primera, mi mujer se pego un año con recursos , dos juicios...una odisea
10/01/2005 07:37
Hola Jesusa,
Entiendo que mientras estás en recurso estarás en lo que llaman "baja transitoria", lo tiene que indicar el alguna casilla del documento de alta que te dieron. A mi la inspección médica me explicaron (tras verme la cara de horror al decirme que me daba el alta) que no era un alta para trabajar, sinó el alta transitorio que indicaba que estaba a la espera de la resolución del tribunal médico. Dicho esto lo mío se refería a la primera vez, mientras esperaba que me llamaran de la inspección médica y hasta recibir notificación certificada en mi casa del resultado. El caso es que creo que se sigue cobrando igualmente, sólo que no es necesario acudir al médico de cabecera a recoger las bajas semanales, no estás ya de baja, pero tampoco tienes "autorización" para incorporarte al trabajo (sería ilógico), a mi la inspección médica me indicó que al entregar esta "alta transitoria" en la empresa ellos ya entenderían la situación y en su caso ya me incorporaría en el momento que el tribunal médico me denegase la pensión, o si por el contrario la aceptaran pasaría directamente a pensionista. Me imagino que esta situación ya pasaste por ella la primera vez que lo solicitaste, entiendo que no ha cambiado nada mientras existe recurso, pero yo no soy profesional en esto, ¿tu abogado no te lo podría explicar mejor?, y sin por algun motivo te resulta complicado consultar con él, acércate (o consúltalo por teléfono) con la Seguridad Social, no creo que no estén obligados a informarte.
cuéntanos luego como te va eh!..suerte
ana
10/01/2005 18:36
Hola.

Tranquila Jesusa. en primer lugar porque no va a haber ningún otro juicio. Lo que va a suceder es que la Seguridad Social va a recurrir la sentencia al Tribubal Superior de Justicia de tu comunidad y este lo que va a hacer es revisar si la sentencia se ha dictado correctamente. pero no se celebra juicio alguno. El juzgado de lo social envia toda el expediente (rollo) junto con el recurso presentado por la Seguridad Social a ese Tribunal Superior, que examinará lo que alegue ese recurso y fallará en dos posibles sentidos:

a) Desestimará el recurso (cosa bastante habitual) con lo que la sentencia será firme y tu te quedas con tu pension.

b) Estimará el recurso y dará la razon a la Seguridad Social, con lo que a partir de la fecha de esa sentencia perderas tu pesnion pero no tendrás que devolver nada de lo cobrado o bien si lo que se reclama es algún defecto de procedimiento, ordenará que se repongan los autos al instante en que se produjo ese fallo y se repita el juicio en el juzgado de lo social que dictó la primera sentencia.

¿que pasa todo este tiempo en que se presentatab los recursos y falla el Tribunal Superior y que tranuilamente puede pasar de uno o dos años.? ûes nada. Tu cobras la pensión que te han asignado en sentencia del juzgado de lo social y esto que cobras nunca, ni en el pero de los casos tendrás que devolverlo.

Así que tranquila. De entrada pasas a cobrar la pensión hasta que falle el Tribunal Superior y seguro que el fallo te va a ser favorable y en el peor de los casos, no tienes bada que devolver.

Saludos.