Hola buenas, me ha llegado la incapacidad laboral permanente denegada hace 20 dias.Y mi abogado no me dijo que al dia siguiente de llegarme tenia que incorporarme al trabajo es mas me entere por la mutua, ahora me pide perdon y que vaya a mi medico de cabecera a pedirle la baja despues de 20 dias de llegarme la incapacidad permanente denegada o que hable con la empresa para incorporarme. Pero mis dudas son que al incorporarme 20 dias despues, me puedan despedir o me dice que siga de baja. que debo hacer? Gracias
joar una Resolución Denegatoria del EVI (INSS) es una de las causas de Alta de Incapacidad Temporal que iniciaste hace tiempo. Lo de la nueva baja no procede pq tienen que transcurrir mas de seis meses desde esa alta por resolución denegatoria a la baja que querias solicitar, si se trata de igual o similar patologia.
Tendrías que ir a la empresa, y comentarles el caso, si la denegación de la incapacidad ha sido tras 18 meses en situación de IT, tampoco sería tan gravoso para la empresa, pq al agotar ese plazo (18 meses) la empresa suspendió tu contrato de trabajo y dejó de cotizar, luego no le has perjudicado en nada. Que tramiten de nuevo tu alta en el sistema de la seguridad social y asunto arreglado. Saludos.
no , llevo 11 meses de baja me llego la denegacion en primera instancia, y mi abogado me dice que pida la baja por depresion ya que estoy a tratamiento siquiatrico desde julio, pero mi mayor preocupacion es que pasa con estos 20 dias que llevo sin acudir al trabajo y sin baja porque el abogado no me informo que debia incorporarme, mi empresa me puede despedir? y el dice que no diga cuando me llego la denegacion, pero ellos se pueden enterar?. MI ABOGADO me pide que no diga la fecha.
joar yo me personaria en la Inspección Médica del Serv. Publico de Salud, no dices de que comunidad eres de hay que no pueda darte mejor los datos.
Hablas con el Insp. Médico, y le comentas lo sucedido, pq esa denegación de incapacidad permanente, es para volorarte lesiones defitinivas invalidantes, que por lo que dice el INSS no las tienes todavia, pero ello no quiere decir, que actualmente sigas necesitando tratamiento médico y estés impedido para realizar tu actividad laboral, lo que llamamos, seguir en situación de Incapacidad Temporal (baja laboral). Comentale a ese Insp. Médico, que te tramite una SITUACIÓN ANTERIOR DE IT, que consiste en dejarte en la misma situación de baja (la que tenias), con escrito a la Entidad Gestora INSS y al medico de cabecera para que siga la expedición de los partes de confirmación hasta el año de la baja, que entonces te aplicarán el art. 128.1 de la LGSS (la competencia de continuar en baja, es exclusiva del INSS, pudiendo resolver con alta médica, prórroga o inicio de expte. de incapacidad pte. Saludos.
Otra cosita, si no te tramitan esa situación anterior descrita, entonces solicita de nuevo baja por depresión, pero que sepas, que la misma sera acumulada a la baja anterior, al no haber transcurrido mas de seis meses del alta a la nueva baja. Esto es asi, pq esa depresión según dices, te ha surgido dentro del anterior proceso de IT. Con esto te quiero decir, que aunque inicies proceso de IT por depresión, llevaras 11 meses y pico de baja, al ser acumulable, y por tanto pasarás al INSS, en aplicación del art. 128.1 de la LGSS explicado antes. Saludos.
pido disculpas por la errata.....no dices de que comunidad eres de hay que no pueda darte mejor los datos. Debería de poner.....no dices de que comunidad eres de ahi que no pueda darte mejor los datos.....las prisas son el diablo jajaja...Saludos.
hola dragocan, gracias por contestarme, soy de asturias (oviedo). la baja por depresion no me la quiere dar el medico de cabecera, lo que me preocupa es los 20 dias despues de la denegacion, que mi abogado no me comento que al llegar la denegacion deberia incorporarme a los dos o tres dias siguientes y ya pasaron 20 dias. el medico de cabecera dice que no me da mas bajas. no se que hacer, si ir al trabajo y al faltar tantos dias me despediran....... porfa dime que puedo hacer?
joar, sin falta, personate en las oficinas del Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa), para hablar con el Inspector Médico, comentale lo sucedido, pq esa denegación de incapacidad permanente, es para valorarte lesiones defitinivas invalidantes, que por lo que dice el INSS considera que no las tienes todavia, pero ello no quiere decir, que actualmente sigas necesitando tratamiento médico y estés impedido para realizar tu actividad laboral, lo que llamamos, seguir en situación de Incapacidad Temporal (baja laboral). Comentale a ese Insp. Médico, que te tramite una SITUACIÓN ANTERIOR DE IT, que consiste en dejarte en la misma situación de baja (la que tenias), con escrito a la Entidad Gestora INSS y al medico de cabecera para que siga la expedición de los partes de confirmación hasta el año de la baja, que entonces te aplicarán el art. 128.1 de la LGSS (la competencia de continuar en baja, es exclusiva del INSS, pudiendo resolver con alta médica, prórroga o inicio de expte. de incapacidad pte. Saludos.
Hola dragocan, mira hoy fui a mi medico de cabezera, con el informe del siquiatra, el cual me pone que la medicacion que tomo es incompatible con el trabajo que realizo y me ha dado la baja, pero por otra cosa totalmente diferente a por lo que solicite la incapacidad permanente, pero me la ha dado con fecha de hoy , ya que el informe del siquiatra tambien lleva la fecha de hoy. Y ahora sigo con la pregunta debo de acudir mañana a el inspector medico igual ?
Hola dragocan, mira hoy fui a mi medico de cabezera, con el informe del siquiatra, el cual me pone que la medicacion que tomo es incompatible con el trabajo que realizo y me ha dado la baja, pero por otra cosa totalmente diferente a por lo que solicite la incapacidad permanente, pero me la ha dado con fecha de hoy , ya que el informe del siquiatra tambien lleva la fecha de hoy. Y ahora sigo con la pregunta debo de acudir mañana a el inspector medico igual ?
joar, yo te decia lo de ir al Inspector Médico, en el anterior post, para que te hiciera el trámite de Situación anterior de IT, y así no perdieras los 20 dias comentados. Ahora con esa baja del día 01/12/08, esos 20 dias no los abona nadie.
No tengo claro eso que dices que se trata de una baja por otra patología diferente por la que solicitaste la Incap. Pte. pq según comentas, desde julio pasado te estabas tratando de ese tema psiquiatrico, luego dicha enfermedad, esta inmersa en el anterior proceso de incapacidad temporal, aunque el diagnostico de base sea otra cosa. Te comento esto, pq podrían ACUMULARTE ambos procesos de baja, y de esta forma, verte en el año de la incapacidad temporal con el resultado de que entonces te aplicarán el art. 128.1 de la LGSS (la competencia de continuar en baja, es exclusiva del INSS, pudiendo resolver con alta médica, prórroga o inicio de expte. de incapacidad pte. Saludos.
Hola, soy nueva en este foro y me gustaría que me informarais de algún que otro tema.
Veréis, mi marido tuvo un accidente de tráfico en 19-03-2007, tras ser intervenido y estando de baja, su empresa le despidió en octubre de ese mismo año, pasando a la mutua. A los 18 meses le dieron una incapacidad permanente total.
Al ser dicha intervención una negligencia médica, pedimos una segunda opinión y a los 18 meses de ocurrirle el accidente le volvieron a operar, estando a día de hoy (dic-09) recuperándose en el servicio de rehabilitación.
El octubre-09 hemos tenido una revisión de la incapacidad permanente total que tenía y nos comunican que no está afecto de incapacidad permanente en ninguno de sus grados.
Mi marido tuvo un aplastamiento de rodilla con dos coches, ésta totalmente reconstruida con material de ostosíntesis e injertos óseos y su trabajo es el de impresor, es decir, estar cargando papel…. trabajando el 90% de su horario habitual de pie.
Hemos puesto un recurso a tal resolución, aportando informe de la empresa donde se detallan las tareas de su puesto habitual y un informe de su traumatólogo donde pone que aún no es apto para su trabajo.
Ante tal situación, mis preguntas son las siguientes:
¿Es posible que nos vuelvan a denegar tal incapacidad?, y si fuese así ¿dónde debería acudir? y ¿qué documentación aportar?
Has interpuesto una reclamación previa ante la administración. Lo normal es que tb te denieguen la pensión puesto que es la administración la que te lo ha denegado
Después sólo te cabe ir a los tribunales, buscar a un abogado , a un técnico que te haga un informe con los males de tu marido y que luego defienda su postura en el proceso frente a la postura que defienda el inss
Pero según tengo entendido el que resuelto el procedimiento es el instructor de turno; ahora lo tendrá que resolver su inmediato superior ¿no?, según establece la ley de procedimiento administrativo 30/92.