Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Incapacidad permanente total

3 Comentarios
 
16/04/2008 12:44
De nada.
Eres un poquito impaciente por lo que veo. No hace falta que llenes el foro con mensajes tuyos con el mismo texto. Cuando entramos miramos si nos han contestado a nuestras contestaciones, no te preocupes.

Mira, la extinción del contrato viene a ser lo mismo que el despido, solo que no se llama despido, quiere decir que al reconocerte la IPT se termina automáticamente tu contrato con la empresa.

En cuanto al finiquito depende de varios factores, lo mejor es que te asesores personalmente en tu ciudad. Dependiendo desde cuando estás de baja podría ser incluso 0.

También habría que mirar si tu convenio prevé alguna indemnización por IPT, si esta es por accidente de trabajo o enfermedad comun, en fin varios factores.
perfil Ipt
16/04/2008 10:41
Gracias crisf por tu pronta respuesta. No tengo idea alguna de como vá todo este proceso. Me podrías decir por favor, si eres tan amable que és la extinción del contrato? Y si sabes que finiquito me correspondería? Si te hiciese falta algún dato yo te lo podría facilitar. Nuevamente Gracias.
16/04/2008 09:33
Salvo que el convenio prevea que te recoloquen en otro puesto de trabajo, la incapacidad PERMANENTE TOTAL supone la extinción del contrato. No es despido sino extinción del contarto por esa causa.

Te corresponde el correspondiente finiquito.
Incapacidad permanente total
perfil Ipt
16/04/2008 01:44
Me dirijo a vosotros con el fin de obtener información la cual pueda ayudarme a solucionar mis dudas. Gracias.

Os comento: He permanecido de baja durante un tiempo y he pasado 4 veces por el tribunal de inspección. Me han dado una pensión de INVALIDEZ PERMANENTE TOTAL PARA EL PUESTO HABITUAL DEL 55%. Mis dudas son, después de ello, no sé si me tienen que dar un puesto diferente al que realizaba o si me tienen que despedir o tal vez estoy despedido. Mi contrato es indefinido, llevo 9 años en la empresa. Gracias.