desde nov 07 me concedieron la IPT, y tengo reconocida minusvalia,,pedi reubicacion en mi empresa,acogiendome a los articulos que recogen en el convenio laboral (tener en plantilla un 2% de personal laboral con minusvalia,y la reubicacion de trabajadores con ineptitud sobrevenida),yo en nomina tengo la categoria jefe 3ª pues anteriormente ejercia de jefa de ventas hubo una baja y me pasaron a comercial de acuerdo ambas partes.
al haber pedido la reubicacion la empresa me ha enviado una carta diciendome que no cumplo los requisitos para el cambio de trabajo,les he demandado por fundamentos de derecho ante el SMAC y no se han presentado.hace dos dias he recibido una carta de la S.S.para pasar revisión de EVI
al darme la incapacidad la empresa se exime de cualquier vinculo laboral conmigo.mi pregunta es¿En caso de que me denegaran seguir la incapacidad la empresa estaria obligada a darme mi anterior puesto.
Me pueden enviar a salud laboral y que estos me digan que no estoy para desarrollar ningún trabajo por mis dolencias a pesar de que la S.S.me la deniegue como me pasó la 1ºvez que pase EVI.
Te han concedido una ipt en noviembre del 2007 y en 6 meses ya te han llamado a la revision?es muy raro o yo no lo entiendo,quizas te ponia en la resolucion que te la revisaban a los 6 meses.
Perdona por preguntarte,pero es muy pronto,para eso te podian haber dado la prorroga de los 6 meses.
Segun tengo entendido te guardan el puesto en la empresa durante dos años
Siento no poder ayudarte mas
Gracias
Eso pensé yo pero en la resolucion ponia que a partir de marzo podia ser llamada a revisión,se lo comente a mi médico de cabecera y me dijo que lo ponen pero que ella no sabia de nadie que la llamaran tan pronto.Me ha tocado.
Si te deniegan la IPT te deben readmitir, pero efectivamente la empresa podçria intentar despedirte por ineptitud sobrevenida copn 20 dias por año, aunque tu tambien puedes impugnar ese despido y reclamar despido improcedente
gracias por contestar,es situación un poco extraña,pero y con haberles demandado (SMAC)el juicio esta para primeros de julio atenderán a ello,o también esperan a ver la resolución del evi.
Has demandado para la reasignación que concede tu convenio colectivo en caso de IPT.
Si desaparece tu IPT ese juicio ya no tendría sentido, y tendrías que desistir, ya que no procedería reasignación sino volver a tu puesto de trabajo, pues existe una reserva legal del puesto para estos casos.