Hola a todos. Me han concecido una incapacidad permanente total, después de haber ido a juicio y recurrida la sentencia, se ha fallado a mi favor. Ya están hechos todos los trámites, y tengo la carta del INSS en mi poder, que por cierto me ha llegado "sin certificar".
El caso es que en la carta que me han enviado sobre el desglose de los atrasos, han hecho anotaciones "A MANO", en los atrasos me han incluído la pensión de este mes de abril, y cobraré una cifra de 9.333 €.
He estado cobrando unos meses una ayuda no contributiva, pasados los meses correspondientes del paro. Esta ayuda no contributiva, me la han descontado de los atrasos.
Mi pregunta es la siguiente : pueden descontar de los atrasos esa ayuda no contributiva que no es la prestación por desempleo?
Muchas gracicas de antemano, y espero que pueda ayudarme alguien.
Esa ayuda la paga el inem, y se descuenta porque te han pagado atrasos, por ejemplo, si te han pagado desde diciembre 2014 y has cobrado esa ayuda dentro de del tiempo desde dic 2014, entonces te han pagado tu pensión y aparte de tu pensión no tienes derecho a cobrar nada más.
Espero haberme explicado bién.
Saludos.
Tu abogado ha hecho un excelente trabajo para ganar un recurso. Te lo digo porque ahora miro mucha jurisprudencia del TSJ, y de cada 30 que miro sólo se estima un recurso.
Me llama también la atención que los recursos del INSS nunca prosperan, sigo mirando y buscando pero no encuentro un recurso del INSS que prospere.
Saludos
Plukyto, sacame de una duda, es que volviendo a leer tu escrito veo que recurrida la sentencia se falló a tu favor, tu ganaste en juicio y el INSS recurró o ganó el INSS y recurriste Tú ??
Gracias ethan72. Te explico, fuimos a juicio, y la juez dio la razón al inss, la bogada puso el recurso (a todo esto el INSS trató de impugnar el recurso), mi letrada me comunicó el día que iba aser la deliveración del recurso, y me comunicó que el recurso falló a mi favor. y pasados los diez días que tenían para recurrir ellos, me dijo que no habían recurrido (pero tuvieron la cara de intentar impugnar el recurso, tiene cojo....)
ethan72 te quería hacer una pregunta, en la carta que me mandaron del inss pone régimen 01,imagino que será el t01 a la hora de los gastos de medicamentos, porque una vez que la sentencia fue firme , fui a la farmacia y no tuve que pagar nada, porque les salía el t01, pero cual es mi sorpresa, que ayer voy a la farmacia y les sale el t02, cuando te repito que en la carta del inss pone claramente régimen 01. La farmacéutica me comentó que a ella de buenas a primeras le pusieron el máximo el t04, y que tuvo que reclamar. Si en la carta del inss pone régimen 01, y de repente lo han cambiado al 02, tendré que reclamar verdad? gracias de antemano