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incapacidad permanente total

9 Comentarios
 
Incapacidad permanente total
20/02/2015 12:09
hola, tengo aceptada la incapacidad permanente total, según pone en el papel es del 55% de 550e ( mi base de cotización) pero en el apartado pone que la cuantía es del 55 de la RB. cual es la RB? no lo se encontrar en ningún lado.
Por lo que el 55% de 550 son 320€
550e sera el mínimo del RB? gracias.

otra pregunta cuando va por juicio no parece en la pagina de la ss de como va mi prestación? el juicio fue en diciembre, esta aceptado desde finales de diciembre, en principio me llamaron los de la ss que empezaría a cobrar este mes, pero en el apartado "como va mi prestación" no sale nada.
20/02/2015 13:39

Hola Axmxe,

Creo que en realidad lo que te pone es BR, que significa quiere decir: Base Reguladora.

En el siguiente enlace te viene explicado:

http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Jubilacion/RegimenGeneral/Jubilacionordinaria/Cuantia/6159#6159

20/02/2015 22:50
perdón, pone 55% base mínima RG !
de la minima en españa? minima mia? o como funciona?
22/02/2015 13:13




Hola de nuevo Axmxe.

Todas las pensiones se perciben aplicando un porcentaje determinado a la base reguladora (BR), y si la cuantía es inferior a unos mínimos determinados, se cobra la pensión más el complemento de mínimos.

Mira aquí:

http://www.seg-social.es/Internet_1/Pensionistas/Revalorizacion/Cuantiasminimas2007/index.htm

Saludos

22/02/2015 19:50
Exacto, eso es lo que vi, según los cálculos me querían una pensión de 300, por eso pregunto cual es el mínimo, por saber si ya llego al mínimo o no. Gracias
22/02/2015 20:43
El mínimo o el máximo va en función de su categoria profesional y grupo de cotización.
Pregunta usted si llega al mínimo.
Mire usted, si no llegara al mínimo ........no tendría pensión.(contributiva).

Si usted "cotiza más" , su base de cotización es más alta.
Si cotiza menos, el porcentaje es más bajo.
En su caso usted a cotizado al mínimo............
22/02/2015 23:35
Muchas gracias.
El problema es que era autònoma y al coger la baja y passar por varias intervenciones decidí darme de baja de autónomos por lo que no cotizaba, me denegaron la incapacitat incapacidad, en ese momento. Me alegraron la baja unos cuantos meses más. Si a la primera me hubiese dado la incapacidad era el 55% de 800e la media de los últimos 24m pero al alargar la baja y no cotizar la media de los 24m ha quedado a unos 550.
Gracias, seguiré esperando la carta o la resolución por Internet o el pago el dia 25 ya que me confirmaron que pasarían este mes.
26/03/2015 11:16
Buenos días,

En el INSS me quieren proponer para una incapacidad permanente total y me gustaría saber que importe me quedaría mensualmente. Vivo en Andalucía y te aporto los siguientes datos.

Estoy trabajando desde mayo de 1995 ininterrumpidamente y en la misma empresa, aunque los últimos meses estoy de baja por enfermedad común.

Mis dos últimos salarios brutos anuales han sido: año 2013 33.300€ y año 2014 33.900€. He de comentarte que en el certificado de retenciones que la empresa me da anualmente para la declaración de la renta aparecen las siguientes cantidades: año 2013 35.600€ y año 2014 40.300€. Esto incremento es por unas primar que he obtenido por superar unos objetivos anuales. Te indico esto, porque no se si estos importes se tienen en cuenta a la hora de calcular la pensión.

En mis ultimas nóminas el importe en el apartado BASE A.T. Y DESEMPLEO es 3.363€.

Tengo entendido que por enfermedad común son 14 pagas a año.

Como he comentado al principio me gustaría saber cuanto cobraría mensualmente.

Si necesitas algún dato más no dudes en pedirlo.

Muchas gracias.

26/03/2015 19:16
¿mayor o menor de 52 años?
Las dos:
mayor de 52 años y menor de 65 en la fecha del hecho causante:
Se hallará el cociente que resulte de dividir por 112 las bases de cotización del interesado durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante. El cómputo de dichas bases se realizará conforme a las siguientes reglas:
Las bases de los 24 meses anteriores al mes previo al del hecho causante se computan en su valor nominal.
Las restantes bases se actualizarán de acuerdo con la evolución del IPC, desde los meses a que aquéllas correspondan hasta el mes inmediato anterior a aquél en que se inicie el período de bases no actualizables a que se refiere el párrafo anterior.
Al resultado obtenido, se le aplicará el porcentaje que corresponda en función de los años de cotización, según la escala prevista para las pensiones de jubilación, considerándose a tal efecto como cotizados los años que le falten al trabajador, en la fecha del hecho causante, para cumplir la edad ordinaria de jubilación vigente en cada momento. En caso de no alcanzarse 15 años de cotización, el porcentaje aplicable será del 50%.
El importe resultante de las reglas anteriores constituirá la BR a la que, para obtener la cuantía de la pensión que corresponda, habrá de aplicarse el porcentaje previsto para el grado de incapacidad reconocido.



menor de 52 años en la fecha del hecho causante (al que se exige un período de cotización inferior a 8 años):

La BR se obtendrá, de forma análoga al supuesto anterior, pero el cociente se hallará dividiendo la suma de las bases mensuales de cotización en número igual al de meses de que conste el período mínimo de cotización exigible, sin tener en cuenta las fracciones de mes, por el número de meses a que dichas bases se refieran, multiplicando este divisor por el coeficiente 1,1666, y excluyendo, en todo caso, de la actualización las bases correspondientes a los 24 meses inmediatamente anteriores al mes previo a aquél en que se produzca el hecho causante.
Trabajador con 65 o más años en la fecha del hecho causante, que no reúne los requisitos para la jubilación:

La BR será el cociente que resulte de dividir por 112 las bases de cotización durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante, conforme a lo establecido en la norma a).
26/03/2015 21:20
Buenas tardes,

¿La base de cotización es lo que aparece en la nómina como BASE A.T. Y DESEMPLEO?

Si no es así, ¿cómo puedo saber mi base de cotización?

No comenté antes mi edad. Tengo 44 años.

Gracias.