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incapacidad permanente total para el trabajo habitual

3 Comentarios
 
10/01/2005 18:48
Hola.

En mi opinión tienes dos opciones:

a) pedir una revisión del grado de la incapacidad por agravamiento. con lo que podrías conseguir que se te diese una absoluta y por lo tanto pasarias a cobrar el 100% de la base reguladora.

b) si has cumplido55 o mas años, pedir en el INSS la total cualificada que supone un incremento del 20% En lugar de cobrar el 55% de la base reguladora pasarías a cobrar el 75% y desde luego no excluye la posibilidad de peddir esa revisión por agravamiento de tus dolencias.

Lo mejor es que lo hagas por medio de algún laboralista, ya sea libre, de algún sindicato o si quieres de forma gratuita, pide un abogado de oficio.

Saludos
10/01/2005 00:41
A mi me dieron la incapacidad del 55% hace 3 años por gonartrosis severa en espera de protesis, a los pocos meses aun no habia encontrado trabajo y me diagnosticaron cancer de mama me operaron (tumorectomia+linfodectomia) por lo que me han quedado secuelas; disminucción de fuerza, hormigueo en el brazo y sensacion permanente de hinchazon, ademas de que por orden facultativa no puedo hacer movimientos bruscos ni repetitivos etc.
Pedi una revision de la incapacidad y no me la concedieron.
El año pasado me pusieron la protesis por lo que el cirujano me informo de que no debo forzar mi pierna porque seria peligroso, asi que no puedo trabajar de ninguna de las ocupaciones que desarrolle antes de todo esto. Tengo 46 años y ninguna preparación academica asi que el mecado laboral para mi es inexsistente. Mi pensión es de 370€. Alguien sabria decirme como debo recurrir y si el contratar a un abogado me facilitaria algo?. Por favor me urge, no llego a fin de mes ( la verdad es que a medio mes ya no puedo ni comer)Gracias.
30/12/2004 17:00
Hola.

A quien te dijo esa barbaridad dale un buen susto para que se quede mudo y no cree falsas espèctativas a la gente que al final se verá defraudada, engañada y como siempre... ¡Porco Goberno.!

La realidad es que cuando cumplas 55 años,si la normativa continua como hasa ahora, deberas ser tu quein tenga que solicitar el incremento de ese 20% de la base reguladora de tu pension y a partir de ahí no hay incremento alguno mas que los que cada año fije el Gobierno para todas las pensiones.

Cuando cumplas 65 años porás optar entre seguir cobrando la pension que estas cobrando o cobrar la pension de jubilacion que te corresponda. Si optas por continuar con el cobro de la pension de invalidez que vienes percibiendo (con ese incremento del 20% de la base reguladora) por que te es mas favorable, ésta deja de llamarse pension de invalidez para pasar a denominarse pension de jubilacion.

Esto de laboral es triste. Tanto como el fúbol. todos saben y entienden aúnque nadie acierte una.

Saludos.
Incapacidad permanente total para el trabajo habitual
30/12/2004 13:22
Hola.
Me acaban de conceder una incapacidad permanente total para el trabajo habitual, me queda el 55%, me han dicho que cuando cumpla los 55 años de manera automatica me lo incrementaran al 75%, cuando cumpla los 60 a 85% y por fin cuando cumpla los 65 el 100%.
Alguien puede confirmarme si esto es cierto?