hola stik,a ver si me puedes aclarar lo que has comentado,es decir que una persona con ipt y por otra patologia distinta a la que origino esa ipt le conceden ipa,no se calcula con la misma base de cotizacion,entonces como se calcula?
Ojo.
Depende del motivo que dió origen a la IPT y el motivo por el que supuestamente te otorguen ahora la IPA.
Si hay cambio de contingencias , la base variará.
No tengo la respuesta a tu pregunta pero si te puedo aportar q a partir de los 55 años.. si no se trabaja en ningún sitio, se puede pedir el incremento del 20%. Con lo cual se pasa a cobrar el 75% con una IPT.
Saludos
Buenas noches, quisiera que si hay alguna persona que pudiera ayudarme en una duda que tengo.
Expongo mi caso:
Desde mayo del 2012 me concedieron una incapacidad permanente total y después de dos años y algo más he solicitado una revisión por empeoramiento y en espera después que he reclamado por negativa de resolución de pasar a absoluta.
Mi duda es si con la total he cobrado el 55%, sé que con la absoluta se cobra el 100%, si llegarán a darme la absoluta se computaria el 100% de dicho importe con el cual me hicieron el 55%.
Esperando respuesta por si alguien me puede quitar la duda que tengo.