Creo que el último post de mantekas es del 01/10/2013 (antes del último hilo de hace unos días).
Yo, también creo que se equivocó y lo que le habían dado era una IPT.
El art. 141.2 de la LGSS dice que Las pensiones vitalicias en caso de invalidez absoluta o de gran invalidez no impedirán el ejercicio de aquellas actividades, sean o no lucrativas, compatibles con el estado del inválido y que no representen un cambio en su capacidad de trabajo a efectos de revisión.
Pués SÍ.
Para sorpresa de algunos SÍ se pueden desarrollar actividades lucrativas o no con una incapacidad absoluta.
Incluso con una G.I. (Gran Invalidez)
mantekas 71 , no lo entiendo, dices que te dieron una Absoluta ¿ Y la quieres recurrir? ¿ Qué trabajo puedes hacer ? Pues con una Absoluta se supone que ninguno.
hola despues de todo este tiempo esperando ahora resulta que el punto numero 4 me aparece como pendiente y estaba concluido
me podeis decir algo
gracias
hola a todos, bueno después de una prorroga me vuelven a llamar para pasar revisión el día 15-10-2013 y al día de ayer recibí un mns que decía que pasaba de incapacidad temporal al inicio de una incapacidad permante ayer mire en la pagina de la seguridad social y me aparecían 3 puntos y hoy los 4 puntos primeros a ver que pasan en estos días, ya iré contando
ya esta yua sale el importe a cobrar que por lo que veo es una abosouta,ahora os pregunto yo bendo cupones de la once i me imcapacitan para mi trabajo que hago o que trabajo busco,me a dicho mi abogado que lo recurrira ,estoy en sillas de ruedas desde hace 8 meses ,tutor en l a pierna ,condromalancia grado 4 operado de hernia dicales mas dos limbares que me operaran,depresion moderada tirando a grave con gesto autoliticos hacia mi persona ,me podeis dar vietra opinion en el recurso que haga el abogado lo rechazaran y tendre que ir a juicio.muchas gracias
Los puntos 7 y 8 salvo que exista algún error en el proceso de la resolución (el 7 es revisión y confirmación del expediente) , no serán transcendentes.
En el punto 8 , se eleva el expediente al director general, y este dá el "visto bueno" (firma).
No obstante, hasta el momento de la firma del director, nada es oficial.
Saludos.
Archilla deberias ser abogado mira que razon tenias:
1° Estudio de solicitud, datos y documentos aportados.Comprobación de requisitos previos CONCLUIDO
2° Emisión del informe médico para determinar la situación clínica de incapacidad CONCLUIDO
3° Emisión del dictamen/propuesta de incapacidad laboral por el Equipo de Valoración de Incapacidades CONCLUIDO
4° Estudio de vida laboral y de todas las cotizaciones efectuadas CONCLUIDO
5° Determinación del importe de la pensión CONCLUIDO
6° Estudio final y propuesta de resolución CONCLUIDO
7° Revisión y confirmación del expediente PENDIENTE
8° Firma de la resolución PENDIENTE
¿qué te tengo que explicar?
Si estás de baja y llevas menos de 12 meses de baja, te pagarán la pensión desde el dÍAa que el EVI ha aprobado tu informe.
No te quiero dar esperanzas... pero casi al 99,9999% que tienes pensión!!!
Relajate el fin de semana y hasta el lunes a media mañana no vuelvas a mirarlo.
Cuando llegues al punto 7 CONCLUIDO lo miras varias veces al día... porque ahí la cosa cambia rápido.
Hola yo tambien pasé por eso y es estresante perop no hay que ser tan tan...
A mi del punto 4 al 7 me tardó en salir 3 semanas . Una vez concluído el 7 al dia siguiente ya estaba todo hasta el importe de la pensión. Y la verdad ruego por ponerme buena porque esto de pensionista tan joven no m ola es un aburrimkiento y la verdad cuando estas acosgtumbrado a trabajar hasta abverguenza cobrar pensión pero... des así. Ten Paciencia