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Incapacidad permanente empleadas del hogar

2 Comentarios
 
Incapacidad permanente empleadas del hogar
14/03/2008 17:43
Buenas tardes:
¿Cuál es el periodo de cotización mínimo exigido para la concesión de la incapacidad permanente PARCIAL dentro del Régimen Especial de Empleadas del Hogar?¿Existen diferencias entre la incapacidad parcial y la total en lo referente a los periodos de cotización?
Se trata del siguiente caso:
Mujer, 61 años.
Periodo cotizado: 7 años y 8 dias consecutivos en los últimos diez años.
Intervenida de Estenosis de canal medular a nivel de L5 (reconocida como invalidante para su trabajo en el tribunal médico)
Gracias por su atención.
15/03/2008 08:18
Para una IP Parcial se precisa:Tener cubierto un período previo de cotización, si la incapacidad deriva de enfermedad común:

De 1800 días de cotización en los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha en que se haya extinguido la incapacidad temporal de la que derive la incapacidad permanente.
Para una IP Total se precisa otra carencia y varia en funcion de la edad del interesado/a.
Si tiene 26 o más años de edad:

Período genérico de cotización: un cuarto del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió los 20 años y la del hecho causante, con un mínimo, en todo caso, de 5 años.
Período específico de cotización: un quinto del período de cotización exigible debe estar comprendido:
En los 10 años inmediatamente anteriores al hecho causante o
En los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha en que cesó la obligación de cotizar, si se accede a la pensión desde una situación de alta o asimilada, sin obligación de cotizar. Lo dispuesto en este párrafo se aplicará, igualmente, a quienes, sin haber completado el período específico exigible, causen la pensión desde una situación de alta, con obligación de cotizar cuando dicha situación proceda de otra inmediatamente anterior de alta o asimilada al alta, sin obligación de cotizar.
Por tanto para una IP total, se le exige tener cotizado 10 años y tres meses, por lo que dices en tu mensage (7 años y 8 dias) NO TIENE CARENCIA para optar a la IP Total. Saludos.
15/03/2008 08:20
Un inciso, si la baja tuvo como causa Accidente NO Laboral, entonces no precisa cotización previa alguna.