Muchisimas gracias por las respuestas al final no creo que necesitemos un abogado pues el medico de mi madre le volvió a dar baja alegando otros motivos ya que debido a todo esto esta diagnosticada de depresión y un tipo de neurosis, en estos días nos hemos enterado por las pruebas que faltaban de que tiene un aneurisma y no saben aun si es operable, así que el medico que en principio pasaba un poco de ella se está portando genial y nos ha dicho que va a mandar el los nuevos datos a la seguridad social porque tal y como esta mi madre es imposible que se incorpore al trabajo y de no poder operarse dice que si o si tendrían que darle su incapacidad, así que a la espera de mas pruebas de momento continuara de baja y de necesitarlo se volverá a solicitar la incapacidad en su momento cuando se sepa mejor lo que tiene.
No son las mejores noticias en cuanto a su salud pero por lo menos nos olvidamos de estos rollos legales que solo hacen empeorar mas las cosas y nos podemos dedicar a cuidarla como se merece.
Muchas gracias por todo
En el INSS tambien te pueden facilitar un modelo de RRPP, pero es mucho más completo el que te ha facilitado trola, aunque modificandolo con tus datos y tus cosas.
El proceso de reclamacion previa, como te dice trola, no te exime de presentarte a tu trabajo, pero acuerdate de los plazos, tienes que presentarla, 30 días despues de que te han notificado la denegacion de la IP.
Cuando la presentes, te deben responder en 45 días, o de lo contrario considerala desestimada por silencio negativo.
Y en el caso de que te rechazen la RRPP, recuerda, que tienes 30 días desde el día que te notifiquen la resolucion, para presentar demanda ante el jzdo de lo Social.
Es recomendable la contratación de un abogado... si te soy sincero, sí, aunque yo comprendo que andeis mal de recursos porque cuando hay una situacion de estas generalmente no se tiene para contratar a un abogado.
El coste aproximado, mira este post, le respondí a otra usuaria , mas o menos ,como iba la cosa:
http://www.porticolegal.com/foro/laboral/846513/costas incapacidad permanente
Y recuerda preparar bien la reclamación previa, es el fundamento para la demanda ante el juzgado.
Si necesitas algo más, no dudes en preguntar
Una vez se reincorpore al trabajo, en caso de no poder continuar con las labores, que pase por el medico y le. Vuelva a pedir la la baja si así lo cree conveniente.
Gracias por el modelo me va a venir muy bien, pero mientras esto se tramita y a falta de los resultados de las pruebas importantes ¿Por que dice el medico que no la puede dar mas bajas?, no entiendo que una persona que sufre desmayos y parálisis tenga que incorporarse a trabajar mientras no sabe lo que tiene y los síntomas persisten provocando un riesgo en su puesto de trabajo. Eso en principio es lo que mas me preocupa temo que la pase algo mientras salen los resultados y las reclamaciones se resuelven.
Ivaneleti, el hecho de recurrir a travez de una RECLAMACION previa, no le exime de tener que incorporarse al trabajo, en caso contrario seria causa de despido.
Te adjunto modelo.
http://despachoabogados.fullblog.com.ar/reclamacion-previa-a-la-jurisdiccon-social-frente.html
1. Será requisito necesario para formular demanda en materia de Seguridad Social que los interesados interpongan reclamación previa ante la Entidad gestora o Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente.
2. La reclamación previa deberá interponerse, ante el órgano que dictó la resolución, en el plazo de treinta días desde la notificación de la misma, si es expresa, o desde la fecha en que, conforme a la normativa reguladora del procedimiento de que se trate, deba entenderse producido el silencio administrativo.
Si la resolución, expresa o presunta, hubiera sido dictada por una entidad colaboradora, la reclamación previa se interpondrá, en el mismo plazo, ante el órgano correspondiente de la Entidad gestora o Servicio común cuando resulte competente.
3. Cuando en el reconocimiento inicial o la modificación de un acto o derecho en materia de Seguridad Social la Entidad correspondiente esté obligada a proceder de oficio, en el caso de que no se produzca acuerdo o resolución, el interesado podrá solicitar que se dicte, teniendo esta solicitud valor de reclamación previa.
4. Formulada reclamación previa en cualquiera de los supuestos mencionados en el presente artículo, la Entidad deberá contestar expresamente a la misma en el plazo de cuarenta y cinco días. En caso contrario se entenderá denegada la reclamación por silencio administrativo.
5. La demanda habrá de formularse en el plazo de treinta días, a contar desde la fecha en que se notifique la denegación de la reclamación previa o desde el día en que se entienda denegada por silencio administrativo.
6. Las entidades gestoras y la Tesorería General de la Seguridad Social expedirán recibo de presentación o sellarán debidamente, con indicación de la fecha, las copias de las reclamaciones que se dirijan en cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley. Este recibo o copia sellada deberá acompañar inexcusablemente la demanda.
En caso de que sea denegada la RECLAMACION previa ya sabes que tienes que interponer una demanda ante el juzgado de lo social
Hola, ante todo felicitar a los profesionales que a través de este foro se prestan a ofrecer algo de ayuda en temas que a veces resultan tan complicados, he estado buscando orientación por internet y he decidido registrarme ya que veo aclaradas las dudas de mucha gente así que creo que es de agradecer.
Y ahora mi consulta, les expongo el caso:
Mi madre sufre de migraña crónica con unos efectos secundarios bastante devastadores, cuando le acusa el dolor es tal que sufre desmayos y paralización de la mitad de su cuerto, fotosensibilidad y otros trastornos. Últimamente se ha vuelto mas habitual y cada vez que sufre una crisis durante dos o tres días queda bastante dañada, uno de los últimos dolores fue tan fuerte que intento suicidarse para hacerlo parar hasta que la sedaron en los servicios de urgencia.
Sabiendo ya su patología vamos a el asunto en sí de la consulta, llevando ya cinco meses de baja y realizándose diferentes pruebas neurológicas y psiquiatricas su medico de cabecera le dijo que como la situación se iba a alargar y la veía bastante mal iba a solicitar la incapacidad permanente y que la citarían de el tribunal medico para llevar los informes y pasar inspección, una vez hechos estos tramites, ayer recibe carta de la Seguridad social donde dice que se la deniegan reflejando como enfermedad la migraña y un trastorno de colon que padece, ella es limpiadora en un polideportivo y si bien una migraña entendida como tal no parece a primera vista una enfermedad que la incapacite para ello habría que tener en cuenta los síntomas que no vienen reflejados y el tratamiento permanente con topiramato y otras medicinas que en teoría merman la capacidad de trabajar.
La cuestión es que aun no tiene resultados de la mayoría de pruebas pues entre tiempo de citas y espera de resultados a llegado antes la resolución del tribunal que por ejemplo el resultado de un escáner, tememos que la obliguen a incorporarse y que luego nos digan que padece algo mucho mas grave que sea el origen de sus problemas actuales.
La solución que la carta refleja es reclamación previa a la vía jurisdiccional en un plazo de treinta días que es algo que intentaremos hacer pero el problema principal es el siguiente, le han dicho que tiene que incorporarse al trabajo en tres días pero ella no está bien ya que se le dan dolores cada día y puede sufrir un desmayo en el borde de una piscina olímpica o en lo alto de una grada así que aparte de la consecuente depresión que acarrea por la situación, tiene miedo de ir a trabajar y el medico le ha dicho que no le puede dar mas bajas, le ha atendido fuera de consulta y le ha dicho eso rápidamente porque no tenia tiempo aunque a pedido cita para ir a verle el lunes.
Discúlpenme por extenderme tanto pero no sabia como resumirlo mas, yo no puedo ayudar demasiado a mi madre por lejanía y porque tengo poca idea de estos temas así que me gustarla por lo menos poder orientarles ya que mis padres están muy disgustados y tienen miedo.
Mis preguntas sobre todo esto son:
¿Podemos hacer algo o realmente tiene que incorporarse si o si en tres días?
¿Podrían orientarme sobre el proceso de reclamación previa a la vía jurisdiccional?
¿Me recomiendan contratar los servicios de un profesional para esta reclamación?
Y si es así, ya que no tenemos demasiados recursos, podrían decirme aproximadamente cuanto podría costar un servicio así.