La edad no tiene nada que ver con la invalidez. Lo único que tiene que sucedr para que te la den es que exisatan criterios medicos que determinen tu imposibilidad para el trabajo.
Por cierto si las lesiones sonb consecuencia de un accidente de trabajo recuerda que es posible que una vez te den la invalidez en el grado que sea o se declare lesiones permenentes no invalidentes, tengas derecho a reclamar la responsabilidad civil a la empresa (hablamos de muchos miles de euros) y hasta podría caber la posibilidad de la exigencia de un recargo de prestaciones.
Consulta con un buen laboralista, explicale como fue el accidente y que analice las posibilidades de reclamacion.
Hola gh:
Pero cuando dices con 31 años a qué te refieres. Años de edad o años cotizados a la Seguridad Social.
Si es por enfermedad común, aparte de las reducciones anatómicas o funcionales que presente que le impidan realizar su trabajo habitual o todo tipo de trabajo, debe reunir un periodo de carencia en función de la edad.
Si es por accidente laboral o no laboral o por enfermedad profesional no se requiere período de cotización. Si bien hay que estar en alta.
tengo una lumbalgia cronica,fibrosis postquirurgica y discopatia de L4 L5,tengo reconocida una IPT pero estas lesiones me impiden hacer cualquier tipo de esfuerzo,estar mucho tiempo de pie o sentado y sinceramente no veo ningun trabajo el cual pueda desarrollar ¿devo pedir revision al inns? no recurri el grado por que pense que iba a mejorar y poder desarrollar alguno pero he empeorado en mis dolores.