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Incapacidad permanente absoluta

8 Comentarios
 
Incapacidad permanente absoluta
18/02/2015 23:37
Buenas noches, tengo una duda respecto a la incapacidad permanente.
Resulta que tengo esclerosis múltiple y éste año pasado tuve bastantes brotes. A los 18 meses de baja, que fué el mes pasado, pasé por el tribunal médico y me propusieron para una incapacidad permanente total ya que yo quiero trabajar. Hoy he mirado el expediente por internet y me pone que me la han aprobado, pero la incapacidad permanente absoluta.
Mi duda es, si digo que no quiero ésa sino la otra que creeis que puede pasar? Es que no sé que hacer!
Mil gracias a todos!
19/02/2015 11:39
Entiendo q no debes encontrarte muy mal si piensas q debes renunciar a la IPA.
Cuesta muchísimo q den las IP.... si te la han dado será por algún motivo... y si tu quieres renunciar tendrás tus motivos claro... pero no ligan las dolencias con los intereses...
Es posible q si te explicaras más entenderiamos algo... y podriamos decirte q lo q pretendes hacer es compatible con la IPA...
Lo digo desde la extrañeza y el desconocimiento.
Suerte!!
19/02/2015 11:46
Hola rdnserra:

Conozco muy de cera la EM y sé que tras los brotes tenéis momentos en los que os encontrais bien. Supongo que de ahí tus ganas de seguir trabajando. Pero la verdad es que no es tan facil que tras declarar una IP

Eso no es tan fácil lo que quieres. Para empezar porque una vez declarada la incapacidad permanente tiene efectos inmediatos -de hecho en tu empresa ya no tienen la obligación de readmitirte- ¿en qué otro lugar lo obtendrías?. Aún así ya te digo que no es nada fácil puesto que tendrías que solicitar al INSS la revocación de la pensión y posteriormente presentar demanda en el Juzgado.

Francamente, no es aconsejable.

Saludos
19/02/2015 21:38
Las IP tienen carácter irrenunciable.
Si no estás de acuerdo con el grado concedido, tendrás que hacer reclamación previa a la administración , y posteriormente en via judicial si fueran denegadas tus pretensiones.
Ahora bien.
ES COMPATIBLE LA INCAPACIDAD ABSOLUTA CON EL TRABAJO.
Siempre y cuando no representen un cambio en la capacidad de trabajo del pensionista que pueda dar lugar a revisión por parte de la Entidad gestora. Si las actividades realizadas realizadas exceden las condiciones establecidas, serán incompatibles pudiendo suspenderse la pensión.

Antes de comenzar a trabajar , solicita la compatibilidad en el INSS.

19/02/2015 21:54
Si No me equivoco la que es compatible es la total y no la absoluta.
Con la total si es verdad q hay q comunicarlo al inss y son ellos los que admiten o no dicha compatibilidad pero la absoluta No es compatible con ningún trabajo.
20/02/2015 13:42

Hola rdnserra:

Efectivamente stik lo ha explicado muy bien. Con la Absoluta se puede trabajar PERO ... en ciertas condiciones.

Lo recomendable es que lo consultes antes en el INSS.

Saludos

20/02/2015 13:56
Muchas gracias a todos,

Pues visto lo visto de momento aprovecharé para recuperarme bien, o lo mejor posible, y luego cuando encuentre un trabajo de acuerdo con mis capacidades hablaré con el inss.

Un saludo!
20/02/2015 22:51
No se porqué discrepas y de donde sacas que no se puede trabajar con una absoluta.
Y CON UNA GI (gran invalidez), un grado aún mayor , también se puede trabajar.

Mire.
http://sociedad.elpais.com/sociedad/2009/11/23/actualidad/1258930806_850215.html
20/02/2015 22:55
Para todos, para los discapacitados y la propia administración, es algo beneficioso la reinsercción al mercado laboral de trabajadores con capacidad disminuida...........................