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Incapacidad permanente absoluta

1 Comentarios
 
Incapacidad permanente absoluta
14/01/2014 16:54
Somos una pequeña empresa y tenemos a un trabajador de baja por enfermedad. Después de 18 meses de baja hemos recibido una carta del INSS que pasa a la situación de incapacidad permanente absoluta, o sea, según entendemos va a cobrar una pensión por tal circunstancia. Nos pone la carta que es con efectos de Octubre, qué debemos hacer la empresa? Le tenemos que dar de baja con fecha de Octubre? Por favor, les solicitamos ayuda. Gracias
14/01/2014 19:23
Con esa carta vaya a ss y exponga . Lo raro es que normalmente cuando resuelven es porque antes se ha hecho una solicitud. A partir de ahora hay que dar de baja al trabajador al que usted debe reservar dos años desde la fecha de octubre. Porque por ley se prevee en el caso que el trabajodor se recupere vuelva a su puesto de trabajo.