Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Incapacidad permanente 55 años

4 Comentarios
 
12/03/2008 20:04
No hace falta que solicites nada, automaticamente se te revaloriza la pensión en un 20% mas, al cumplir la edad de 55 años, siempre y cuando no figures en alta en empresa y realices algun otro trabajo compatible con la prestación, pq de ser asi, se te mantiene la cuantía del 55% de la base reguladora. Saludos.
11/03/2008 18:50
Siiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiii.
Je je je
otra vez: siiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiii

je je je.
11/03/2008 18:34
Muchas gracias ivoviktor, entonces entiendo que si el beneficiario es menor, al cumplir los 55 puede pedir el aumento, no?
11/03/2008 18:09
En los dos casos procede
Incapacidad permanente 55 años
11/03/2008 16:34
Hola, según he leído en la página de la seg social, la prestación por IP Total, que en principio está fijada en el 55%, puede incrementarse en un 20% más si el beneficiario tiene más de 55 años y se dan determinadas circunstancias.
Mi pregunta es la siguiente, ¿se trata de trabajadores que ya han cumplido 55 años en el momento de la declaracion de la incapacidad, o también se produce un aumento cuando un trabajador ya declarado en incapacidad cumple los 55 años?
Muchas gracias