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Incapacidad minusvalia...

8 Comentarios
 
Incapacidad minusvalia...
24/06/2009 16:17
Buenas tardes.
A ver,tengo concedia la incapacidad permanente total para mi puesto de trabajo revisable en dos años.
Eso es equivalente al 33 por ciento de minusvalia? O es algo distinto?
Y..deberia ir al Inem a apuntarme? O no?
No se donde informarme,gracias
24/06/2009 16:56
hola, a ver si esto te ayuda.
El artículo 1.2. de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad e oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad (LIONDAU), dice:

“A los efectos de esta Ley, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento. En todo caso, se considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez.
debes ir al inem a apuntarte con la discapacidad que te han otorgado y alli te informaran de las clases de empleo que ellos te pueden iniciar
24/06/2009 16:58
ok pero..si mi incapacidad es revisable y en dos años tengo guardado mi puesto de trabajo..
aun asi debo apuntarme al inem?
y como hago para que el certificado de incapacidad valga para demostrar el minimo de 33 por ciento??
Debo digamos..canjearlo..en algun lado?
Gracias
24/06/2009 17:16
Toda resolución, inicial o de revisión, por la que se reconozca el derecho a las prestaciones de incapacidad permanente, en cualquiera de sus grados, o se confirme el grado reconocido previamente, hará constar necesariamente el plazo a partir del cual se podrá instar la revisión por agravación o mejoría del estado invalidante profesional, en tanto que el incapacitado no haya cumplido la edad mínima establecida en el artículo 161 de esta Ley,
la resolucion debe de hacer constar la fecha obligatoriamente.
ten cuidado, para tener reserva de puesto debe de poner por mejoria en la resolucion.
no es lo mismo por mejoria o agravacion.
la incapacidad total ya te reconoce una minusvalia que no es inferior al 33 %.
la incapacidad total te invalida para el puesto que tuvieras, no para otro tipo de trabajo.
eso si debes de comunicarlo a la s social.
24/06/2009 17:21
Ok.
Pone revision por mejoria en dos años..
pero para beneficiarme de beneficios fiscales etc..
tengo k solicitar la minusvalia o con la incapacidad me vale??
24/06/2009 17:38
debes de solicitar el grado de minusvalia en los organos correspondientes de tu comunidad,esto nada tiene que ver con la incapacidad son organismos independientes.
Con carácter general, serán los responsables del órgano correspondiente de las Comunidades Autónomas a quienes hubieran sido transferidas las competencias en materia de valoración de situaciones de minusvalía y calificación de su grado (Departamento de Asuntos Sociales) los que otorguen dicho certificado.
te voy a hacer una pregunta ¿en tu resolucion te da la revision por mejoria? ¿o mejoria o agravacion?
gracias


24/06/2009 18:08
pone revisable en dos años por mejoria...
por???
24/06/2009 18:21
te explico,
esta misma mañana una empleada de la s social me ha dicho,que en las resoluciones dan la revision como norma general por mejoria o agravacion,que en ninguna dan la revision solamente por mejoria.

24/06/2009 21:12
Hola.
Saco la resolucion y copio(se ve k me invente lo de mejoria,jaja será el afán de mejorar k tengo).
Pension por incapacidad permanente en grado de total para la profesion habitual.
Fecha de revisión: 01 03 2010
vamos..no pone ni mejoria ni agravante ni nada...