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incapacidad laboral

10 Comentarios
 
22/11/2012 16:33
Tu última profesión fue como teleoperadora, ésa es la profesión habitual que van a tener en cuenta, para lo que las patologías que padeces difícilmente te van a incapacitar.
22/11/2012 13:29
Por favor quiero saber, entonces esos 8 años cotizados, no me sirven para nada.... Es decir para ip, no son suficientes, pero para una incapacidad por enfermedad comun? mi abogada esa de oficio que me engaño, no me puso pegas por los años cotizados..... La verdad es que la pension no contributiva es de 300e. No es justo..... Además mis enfermedades son todas degenerativas, y tengo un informe del medico de rehabilitacion que me pone que no tengo solucion.... Y pide la incapacidad.
Ya hay sentancias que solo con fibromialgia te incapacitan, y yo la tengo desde el año 2000. Lo que pasa es que he trabajado por mucha necesidad, pero sin poder. Con muchos dolores.
Agraezco muchisismo los consejos que me estais dando.De corazon me está haciendo ver las cosas de otro modo.
22/11/2012 11:46
1) Enfermedades profesionales sólo son las que vienen listadas legalmente para cada profesión, y hasta donde alcanzan mis conocimientos tus patologías no son tales. Dicho de otra forma, si tu enfermedad no viene catalogada en dicha lista, no tiene la consideración de enfermedad profesional. Las que vienen en la lista se presumen profesionales.
No obstante, cabe la posiblidad de que se reconozca una incapacidad permanente por contingencias profesionales por la vía del art. 115.2.e) pues dentro de los supuestos de accidente de trabajo se incluyen las enfermedades que no tengan carácter profesional (por no venir en la lista) que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo. En este caso, serías tú quien tendría que probar el carácter profesional en relación con tu profesión habitual y que la causa de tus lesiones es exclusivamente la realización del trabajo.
Otra cosa a tener en cuenta en este punto, es que por profesión habitual a efectos de la IP se tiene en cuenta en caso de enfermedad a aquella a la que te dedicabas en los 12 meses anteriores a la incapacidad temporal de la que derive la IP, pero en tu caso si lo tramitabas por la vía del accidente (115.2.e)) se entiende por profesión habitual aquella que se desempeñaba al tiempo de sufrirlo, vamos en el momento que iniciaste la baja por IT (que según dices era teleoperadora).

2) Por los requisitos de cotización, entiendo la denegación no fue por no reunir los requisitos de carencia sino por no alcanzar tus patologías grado suficiente para considerarse que existe una incapacidad permanente. Piensa que tu profesión habitual era la de teleoperadora (últimos 12 meses) y las patologías se ponen en relación con dicha profesión habitual para considerar si concurren o no los requisitos para IP.

3) Ahora mismo, no puedes iniciar un expediente de IP por contingencias profesionales pues NO estás en situación de alta o asimilada, que es uno de los requisitos necesarios para ello.

Si bien, se permite desde una situación de NO alta o asimilada iniciar un expediente de IP pero sólo en los grados de absoluta para toda profesión u oficio o gran invalidez, y únicamente por contingencias comunes (pues evidentemente no estás trabajando). Eso si, el periodo de cotización que se exige es más amplio, concretamente un mínimo de 15 años y una 1/5 parte en los 10 años inmediatamente anteriore al hecho causante. Y, como dices que tienes 8 años cotizados, no cumples el requisito de cotización para solicitar una IP desde una situación de no alta o asimilada (que sólo sería posible para una IP absoluta o gran invalidez), por lo que no cabe reconocimiento de IP.

4) Si reúnes los requisitos podrás solicitar una IP no contributiva, esto se tramita por la Comunidad autónoma, debes acudir a la asistencia social para que te informe. Básicamente los requisitos son: a) residencia, b) tener una enfermedad crónica o discapacidad en grado igual o superior al 65%, y c) carecer de rentas por encima de los umbrales señalados que varían en función de los miembros de la unidad familiar.
Esta posibilidad, a día de hoy es la única que veo viable, salvo mejor opinión.
Saludos.
22/11/2012 11:18
creo que me explique mal: yo pasé un reconocimiento por el inss, y lo hice por enfermedad común, nunca planteé que la astrosis y las hernias discales que tengo fueran producidas por mi trabajo en hosteleria y en la limpieza( que por cierto hay me lesione, y me despidieron) ésto es fruto de la ignorancia, el tribunal médico me dijo que no tenía grado suficuiente para concederme una incapcidad por enfermedad común. enctonces me dijeron que pusiera una demanda al inss, así lo hice, contraté una abogada de oficio, y ella ñnunca me dijo que pidiera incapacidad profesional, ése fué uno de los primeros engaños de los que me hizo. luego yo llevaba un informe de fibromialgia, emitido por un reumarologo de la s.s. que ésto en si ya es incapacitante, pasé por un forense del juzgado, una hija de..... el dia del juicio mi abogada no presemtó a la juez mi informe de discpacidad, encima citó a la forense que nunca lo hacen según dijo la juez en el jjuicio, y a mi no me hicieron ninguna pregunta,y la forense dijo que yo con dos hernias artrosis en toda la columna fibrimialgia y osteoporosis estaba capacitada para llevar una vida normal.bueno que el caso es que perdi el juicio, desde entonces estoy sin trabajar, he agotado el paro y ahora por ser mayor de 45 años, divorciada y con un hijo. me estám pagando la rai pero solo se puede pedir duranta tres años. y yo no encuentro trabajo de nada,,porque no puedo hacer nada, apenas puedo andar, no puedo cojer pesos, ni estar de pies ni sentad mucho tiempo......tengo cotizados 8 años.
22/11/2012 10:47
Vikitoria, el problema que tienes para solicitar una incapacidad permanente en su modalidad contributiva es que no te encuentras en alta, ni tampoco en situacion asimilada al alta art.124 de la la LGSS.
por tanto no puedes solicitar una incapacidad en su modalidad contributiva mientras no tengas de momento este requisito." ESTAR EN ALTA O SITUACION ASIMILADA AL ALTA.
NO OBtante puedes solicitar una en su modalidad no contributiva, si reúnes condiciones.
La naturaleza jurídica de la renta de inserción, pueda equipararse a subsidio por desempleo por tener ambas figuras un carácter asistencial, es lo cierto que, técnicamente, no puede considerarse tal, aunque forme parte de la acción protectora del régimen público de la Seguridad Social porque como se dispone en la parte expositiva del Real Decreto 1369/2006 (de 24 de noviembre) por el que se regula el programa de renta activa de inserción, en concordancia con lo que han dispuesto los Reales Decretos anteriores que regularon el programa para otras anualidades, "La renta activa de inserción forma parte así de la acción protectora por desempleo del régimen público de Seguridad Social, si bien con carácter específico y diferenciado del nivel contributivo y asistencial, a los que se refiere el apartado 1 del artículo 206 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, pero a la que es de aplicación el apartado 2 del citado artículo 206, cuando establece que esa acción protectora comprenderá acciones específicas de formación, perfeccionamiento, orientación, reconversión o inserción profesional en favor de los trabajadores desempleados. Si por lo expuesto la renta activa de inserción, aun equiparable a un subsidio por desempleo, no es técnicamente un subsidio y además no es considerada expresamente la situación de quien la percibe y agota equivalente a la del que agota subsidio o prestación por desempleo por el artículo 215.1, 215.1.2 y 215.1.3 de la Ley General de Seguridad Social. Por todo lo expuesto y fundamentado mejor pudieras solicitar una no contributiva o tambien obtener un contrato de trabajo y en este caso ya estaríamos en alta en la SS. Y por tanto si que puedes solicitar una incapacidad.
Suerte
22/11/2012 09:33
Ufff...que lío...
1) Cual es el motivo por el que te denegaron la incapacidad permanente en el INSS?? es que no es lo mismo que no te la reconocieran por NO tener cotizaciones suficientes que por no considerar que tu enfermedad te incapacitaba para tu profesión habitual.

2) Ahora quieres pedir una IP por enfermedad laboral?? supongo que te refires a enfermedad profesional?? pero...cual es la enfermedad profesional?? porque sigo yo que si la hubiera ya en su día la hubieras solicitado por esa vía...y ahora 3 años después sin trabajar no pudo aparecer una enfermedad profesional "nueva", puesto que la enfermedad profesional tiene que traer causa en el trabajo desarrollado. Explica esto mejor.

3) Pide tu vida laboral, y mira las cotizaciones que tienes...con eso podremos indicarte si cumples los requisitos de cotización necesarios para una IP contributiva, pues si no cumples los requisitos de cotización, por esta vía no vas a conseguir nada.

4) La RAI es incompatible con las prestaciones económicas de la seguridad social que sean incompatibles con el trabajo, y el subsidio por Incapacidad temporal lo es. Por tanto, si lo que preguntas es por una incapacidad temporal....no procede.

21/11/2012 21:55
Hola el grado de minusvalia y la incapacidad no tienen nada que ver hay gente cobrando con grados bajos y viceversa no obstante sigue los pasos que te marca bernabiel. Suerte y un saludo
21/11/2012 20:31
yo no soy de leyes, pero creo que para cobrar por minusvalia tendrias que tener un 75% o mas , si despues de que te hayan dado el 65% dependiendo de si ha trascurrido bastante tiempo, y si tienes pruebas de que tus enfermedades han empeorado, podrias pedir un a nueva revision, pero ya sabes que a veces aunque tengas mucha minusvalia como es tu caso ,no te garantiza una incapacidad.
21/11/2012 20:09
Se me ha olvidado mencionar que tengo una incapacidad del 65% concedida por mi comunidad autonoma, no se si me servira a la hora de pedir la incapacidad, la verdad es que no puedo trabajar por mi situacion fisica. Y estoy esperando a ver por donde puedo pedirla porque estoy un poco desorientada. Gracias
21/11/2012 14:30
Hola Vikitoria, al no trabajar y por lo tanto no estar en situacion de baja laboral, deberias acercarte a una oficina del INSS y pedir alli que quieres pedir una incapacidad temporal.

Deberas aportar de cada enfermedad que tengas, todos los informes que poseas, ( si son recientes mejor que mejor, sino pide a los especialistas que te llevan cada enfermedad que te los haga de nuevo, ademas de las pruebas un informe escrito de tus propios medicos, radiografias, resonancias etc,etc), pedir pruebas nuevas, ya que han pasado 3 años.

Decirte que yo te recomendaria que cuando tengas las nuevas pruebas en tus manos asi como los informes de los medicos, ir entonces a una oficina del INss y pedir la revision,tardaras unos meses en tenerlo todo de nuevo pero despues de haberte desestimado la incapacidad hace 3 años y con pruebas antiguas seguro que te lo desestimarian otra vez.
Comentarte tambien que es muy dificil que el Inss tal y como estan las cosas, y sin haber estado los 12-18 meses de baja, te la concedan, pero el no ya lo tienes.Si despues de presentar documentacion nueva te lo vuelven a desestimar , ya tendrias que ir via judicial contra el INSS, buscarte un buen abogado laboralista que te aconseje y partir de hay denunciarlos.NO debe asustarte esto ultimo ya que hoy en dia desgraciadamente los jueces dan mucha mas incapacidades que los medicos del Inss. suerte y saludos Vikitoria.
Incapacidad laboral
21/11/2012 14:09
Soy una mujer de 50 años.He trabajado siempre en hosteleria, limpieza y mi ultimo trabajo fue como teleoperadora. Hace 3 años que no trabajo y estoy cobrando la renta activa de insercion. Tengo diagnosticado fibromialgia, artrosis lumbar y cervical y osteoprosis. Hace 3 años solicite una incapacidad por enfermedad comun, pero me la desestimaron. Ahora quiero saber si alguien puede informarme como puedo solicitar una incapacidad por enfermedad laboral. Al no estar trabajando y no tener mutua ni empresa, donde tengo que dirigirme
un saludo