Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

incapacidad laboral temporal

10 Comentarios
 
Incapacidad laboral temporal
04/10/2013 13:12
hola,

soy funcionario y llevo 15 meses de baja, he pasado el evi y no me han dado la ip
cosa que no pedí yo, pero sí el hecho de seguir de baja dado que según los
informes medicos debo seguir mas tiempo de baja hasta la completa curación.
tengo que recurrir ante la gerencia pero ya se que no me darán la it porque ellos
son solo competentes en ip, y despues del recurso me tendré que incorporar.
me gustaria saber si puedo solicitar que el evi me haga una segunda exploración
para que dictaminen que puedo seguir de it, y como plantear la solicitud,
dado que en su resolucion solo señalan que no me conceden la ip, pero
no dicen nada de seguir de it.

gracias
04/10/2013 14:52
Usted no puede pedir una segunda valoración directamente.
Usted puede hacer una reclamación, y en ella incluir algún informe (datos) que el tribunal lo considere suficiente como para realizar una nueva inspección.

Si está usted en derecho de seguir en IT , es imposible responderle con los datos que dá.
04/10/2013 15:49
Cuando digo que no puede pedir una segunda valoración , me refiero a que no puede pedir que le valoren de nuevo por el mismo motivo.

Deben existir cambios en su expediente ( agravamiento de sus secuelas , nuevas patologías ....etc).
En ese caso si puede solicitar un nuevo reconocimiento.
04/10/2013 21:34
pero puedo pedir que el evi haga mencion expresa a seguir de it?
gracias
04/10/2013 23:02
Hombre , pedir (solicitar diría yo) lo puede pedir , otra cosa es que proceda o no.
Junto a su reclamación puede adjuntar un escrito que diga:
""Ruego a esta administración, me haga entrega de un certificado que refleje mención expresa de mi situación laboral actual"" (algo así).
Le aconsejo que le haga el escrito un profesional


04/10/2013 23:15
y como puedo saber si procede ó no?

gracias
04/10/2013 23:30
una vez interpuesta la reclamación administrativa previa pueden pasar tres cosas:

1. Que pasen 30 días sin que se reciba contestación, (silencio administrativo). Equivale a denegación.

2. Que se reciba comunicación denegatoria antes de que transcurra ese primer mes.

3. Que su reclamación sea admitida a trámite y se resuelva dentro del plazo legal.
04/10/2013 23:38
Si está usted en derecho de seguir en IT , es imposible responderle con los datos que dá.

tengo dos informes medicos aportados uno publico y otro privado en los cuales señalan que debo seguir de it y el propio evi señala que mi lesion esta
condicionada a seguir pero no hace mencion expresa a seguir de it sino a decir que no me dan la ip.
y lo que necesito es que digan expresamente que siga de it.
tengo derecho a que en la resolucion aparezca no solo que no me dan la ip sino que tengo que seguir de it? dado que no he agotado el periodo maximo de 24 meses

gracias
05/10/2013 01:05
¿quien solicitó la revisión en el EVI?
Importante esto.

Bueno mire , cuando se amplia el plazo de IT , se menciona en la resolución. Ejemplo:
""......Este equipo de Valoración de Incapacidades resuelve ampliar plazo de seis meses de prórroga en situación de incapacidad ,,,bla bla"

Pues si ha usted le deniegan la IP , y no le comunican nada de ampliación del plazo de IT , solo hay que sumar 1 1.
Yo creo que el mejor consejo es que se presente a su puesto de trabajo , presente la resolución que le han entregado , que sea la empresa la que tome la decisión de incorporarle o no , pero usted preséntese.
Siga con la reclamación o lo que quiera .
Si le reincorporan y no se encuentra en disposición de continuar su faena , acuda inmediatamente a su médico y este que valore si le da una baja por recaída o se inicia un nuevo proceso , o sigue usted trabajando.
Pero si usted se persona en su trabajo resolución en mano , evitará males mayores o posibles malos entendidos.
Es un consejo ......la decisión por supuesto es suya.
Suerte con todo , mucha salud .
05/10/2013 22:23
fue la administración quien empezó pidiendo la ip
y el correspondiente informe de evi
05/10/2013 22:57
Debe usted presentarse a su puesto y entregar la resolución a su superior tal como le digo en el post de arriba.