Buenas, ante todo gracias por la ayuda que prestais,soy de enorme valor
Mi pregunta es la siguiente tengo 52 años mas de 15 cotizados y me han concedido la incapacidad del 45 por ciento por trastorno ezquizoafectivo bipolar depresivo,mi pregunta es si tengo derecho a la prejubilación?saludos
Hola. Imagino que lo que te han concedido es una discapacidad ( que es muy distinta a una incapacidad permanente) del 45 %., lo cual no da derecho a una pensión.
Para conseguirla , o bien debes estar de baja o bien no haber dejado de estar inscrito en las oficinas del SEPE de forma ininterrumpida desde el despido último y tener más de 8 años de cotización ( al tener 52 años de edad), de los cuales una quinta parte deben estar cotizados dentro de los últimos 10 años anteriores a la revisión. Si no estás inscrita en el paro ,es mucho más difícil de conseguir la pensión : tienes que ser una absoluta, tener 15 años cotizados de los cuales 3 años deben estar cotizados dentro de los últimos 10 años.
Además debes pedirla al INSS, si no estás cobrando la baja.
Saludos
Hola, muchísimas gracias por la información es muy detallada. Efectivamente es una discapacidad
En la actualidad estoy cobrando el paro y tengo 24 años cotizados, estoy esperando que me llamen para pasar el Tribunal médico y mientras indagando que puedo hacer, pero es todo muy lioso. Solo en este foro estoy encontrando ayuda.
Hola. ¿ Estás de baja cobrando el paro o ya has solicitado la incapacidad permanente ante el INSS?
Lo que será muy importante cuando pases revisión por el tribunal médico son los informes de tu psiquiatra de la seguridad social . Que tengas suerte.
Saludos
De nuevo muchisimás gracias por las molestias. No estoy de baja, no se si le debo de decir a mi psiquiatra que me la de ,porque en mayo se me agota el paro y no se si ya me habrán llamado del Tribunal médico.
Hola. Si tú no pides la incapacidad ante el INSS o no estás de baja no te citarán nunca al tribunal médico. Mi opinión es que deberías solicitar la incapacidad pues a partir de la finalización del paro contributivo, es posible que tu base de cotización baje.
Si fuese así, la base reguladora y consiguientemente tu posible pensión, iría bajando . Por ello debes pedir la incapacidad antes de terminar el apro contributivo.
Saludos
Hola,como no agradecerte tu tiempo y paciencia,espero no estar dando mucho el tostón.Me da un poco de apuro(,cosas de mi enfermedad) me como mucho la cabeza,enfin solo espero que este post ayude a mas gente
Me estoy liando un poco ya que según leo en la hoja de encargo de mis abogados lo que estoy solicitando es la incapacidad permanente y las hojas que me han dado son las siguientes:
-poder de representación-
-preguntas de incapacidad
-reconocimiento grado discapcidad
-prestaciones incapcidad permante
-derechos representación voluntaria
Entonces lo estoy haciendo bien no?es esto lo que debo de hacer.
Hola. Es correcto. Te tramitan por una parte la discapacidad ( ya te han reconocido el grado 45 %) y por otra parte te tramitan la incapacidad permanente. Pregúntales cuándo han solicitado la incapacidad permanente pues en muchas provincias cuando se formula la solicitud ante el INSS , en ese momento ya dan la cita para el revisión m´dica en el EVI ( ICAM en Catalunya).
Saludos