Las adjudicaciones serían válidas, si su voto no hubiera sido decisivo para la formación de la voluntad del órgano colegiado.
Viene establecido en la LPAC.
Esperando haberle sido de ayuda quedamos a su disposición para cualquier aclaración o consulta, bien en el mail:edilocalabogados@gmail.com
Un cordial saludo
www.edilocalabogados.com
Esta orientación es genérica, a título meramente informativo. No se han examinado antecedentes o documentos que pudieran hacer no idónea la respuesta. No debe sujetar sus actos a los criterios o plazos que se hayan expuesto. Edilocal Abogados declina cualquier responsabilidad por la utilización que pueda hacerse de la respuesta.
Si uno de los vocales de un órgano colegiado de contratación está afectado por una causa de incapacidad serian válidas las adjudicaciones realizadas por ese órgano? I si no, sería subsanable?