Buenas tardes, usuarios de Porticolegal. Les escribo porque me ha surgido una duda en relación a los órganos de contratación, a raíz de que actualmente estoy descubriendo este área del Derecho Administrativo.
Mi duda es la siguiente: Ante una adjudicación aprobada por un órgano de contratación, si se descubriese que uno de los vocales que participó en la votación estaba afectado por una causa de incapacidad, ¿sería válida dicha adjudicación?
Tengo entendido que sí en tanto que el voto del dicho vocal no fuese decisivo. Entiendo que es más una materia de la Ley de Procedimiento Administrativo Común que no una de la Ley de Contratos de Sector Público. ¿Alguna idea de que artículos debería consultar en la ley para orientarme?