hola, a ver si alguien me puede sacar de esta duda,
cobro una pension de incapacidad permanente absoluta desde el año 2002 y paso a relatarles lo que creo que es la resolucion.
reunido el equipo de valoracion de incapacidad de tal direccion regional y tal.
determinado el cuadro clinico, total en tratamiento psiquiatrico
analizadas las secuelas descritas y las tareas realizables por el titular, era camionero
propone a quien corresponda
la calificacion de incapacidad permanente en grado de absoluta.
esta calificacion podra ser revisada por agravacion o mejoria a partir de los dos años.
firmas del presidente, del secretario, y debajo de las firmas.
esta nota
el director provincial del instituto nacional de la seguridad social acepta integramente el contenido de este dictamen propuesta elevandolo, en el dia de la fecha, a definitivo
final, firma y sello del director provincial.
ahora mis dudas, e leido por aqui que todas las incapacidades son revisables yo hace 9 años que la tengo y nunca me an llamado a revision si lo hicieran que quiere decir, lo del director tal aprueba el dictamen y lo eleva a definitivo
¿me llamaran a revision si no lo propongo yo?
me llamaran a revision si lo propongo yo?
venga gracias y saludos.
Quiere decir que esa resolución será definitiva hasta nueva valoración, si la hay, que según la ley de la seguridad social pueden hacer en cualquier momento (normalmente a partir de uno o dos años de esa resolución) hasta los 65 años, ahora quizás hasta los 67.
igual son demasiadas preguntas, pero en el caso de que me revisaran y me dieran el alta podria cobrar el paro que me pertenecia cuando me dieron la baja, puesto que el trabajo no lo podria recuperar ya que la empresa cerro,
y si no ¿podria cobrar la ayuda esa que dan a partir de los 52 años? ahora tengo 54 años.
la verdad es que estoi un poco preocupado ya que me dieron la incapacidad cuando no la queria ya que pedi el alta varias veces y el medico me decia que nada de nada que el no me daba el alta, y ahora si me revisaran y me dieran el alta con 54 años a ver quien me da trabajo.
perdon por el toston y gracias.
No puedo informarte con seguridad, no soy abogado, pero opino que sí tendrías derecho a algún subsidio si no a la prestación por desempleo, de cualquier modo, ya te preocuparás de eso si llega el momento.
Si no lo propones y han pasado 9 años es dificl que te llamen al menos en este proximo año. Se están revisando bastantes incapacidades antiguas, con lo que tarde o tremprano te tocará. No te obsesiones con ello, como de vez en cuando irás al medico a revision te vas guardando lso informes por si acaso te llaman.
desde luego que si tú propones una revision en breve la tienes....