Hola, tengo declarada una incapacidad total para mi profesion habitual que en aquel momento era la de electricista. Posteriormente empecé otro trabajo, pero he empeorado y quiero pedir la incapacidad absoluta.
La pregunta es qué profesión se tiene en cuenta, la de electricista o la actual?
Cabe la posibilidad de pedir la absoluta y subsidiariamente la total para mi profesión actual?
Si solicitas la revisión de la incapacidad permanente, y el EVI determina que el grado que te corresponde es la absoluta (que con la que está cayendo, ya puedes estar muy mal)... tus preguntas son innecesarias, ya que no podrás realizar ningún tipo de actividad.
¿Diferencia de una IP absoluta respecto a una IP total? Sí la hay... Una IP total es el 55% de la base reguladora (incrementada en un 20% cuando se alcance la edad de 55 años, y se den una serie de requisitos), y una IP absoluta es el 100%.
Estoy de acuerdo en parte SHUGHART,el EVI no da una absoluta ni estando metido en el feretro,pero afortunadamente hay otra via.A mi me concedieron una total por enfermedad comun en Enero de este año y el dia la semana pasada un Tribunal me concedio la absoluta.,me pueden llamar cuando quieran para revisarme yo encantado.La clave en mi caso aparte de la enfermedad se llama INFORMACION....Saludos