Lo primero que debes hacer es solicitar la normativa de tu plan de pensiones para asegurarte de lo referente a rescates. A priori sí que es cierto que cuando alguien tiene una incapacidad y contrata un plan de pensiones, no va a poder rescatarlo por ese motivo, aunque posteriormente se modifique el tipo de incapacidad. De momento suspende las aportaciones, que eso es algo que puedes hacer con toda la tranquilidad. En todo caso considero que ha habido una falta de información si es que no te informaron de que tu plan de pensiones sólo podría ser rescatado a partir de cumplir los 65 años o cualquier otra causa que establezca su normativa, por lo que a esta falta de información que te ha causado un perjuicio, el banco debe responder.
REdacta una carta solicitando el rescate por incapacidad absoluta permanente, y deja claro que en el momento de contratar el plan te informaron que en caso de ser declarado incapaz de forma absoluta, podrías rescatarlo. Del mismo modo informales que en caso de no responder satisfactoriamente a tu petición solicitarás el mismo al defensor del cliente del banco, y en su caso al del Banco de España.
(la dirección del defensor te la proporcionaran en el mismo banco y debe responderte en un tiempo máximo de dos meses, transcurridos los cuales puedes interponer queja en el Banco de España si no responde o responde de forma insatisfactoria).
La carta que realices, la presentas en la oficina y que te la sellen como entregada para obligarles a la respuesta y en su caso como prueba ante el defensor.
Suerte
Buenas tardes;hace dos meses me dieron la incapacidad absoluta,y he ido al banco para rescatar el plan de pensiones y me dicen que no se puede rescatar porque yo ya tenia una pension permanente total anterior el plan lo hice en el año 2000 y la incapcidad permanente total la tenia desde el 1998 y he estado trabajando en la once hasta octubre del 2009 hasta que me han incapacitado por accidente laboral con la absoluta me podrian decir si esto es asi o no.Gracias