Hola. El INSSrevisa todas la incpacidades en cuya resolución se prevea una revisión nates de los dos años.
Cuando en la resolución se señala una revisión a los 2 años no suelen revisar excepto en muy pocos casos, entre ellos cuando se trata de enfermedades psíquicas.
En tu caso el "tribuanl médico" (EVI o ICAM en Catalunya), examinará tu evolución a través de tu historial médico, en el cual constas los informes médicos del psiquiatra de las distintas visitas que hayas efectuado durante este año. El EVI realiza un informe con una propuesta que envía al INSS y éste dictacasi siempre resolución en función de la referida propuesta.
Saludos.
Hola.
En el 2008, tras 1 año de baja, el INSS me concedió una IPA pero no cobré la pensión por no haber cotizado lo suficiente.
En el 2016, tras 820 días de baja, el INSS me denegó la incapacidad. No presenté reclamación previa por desconocimiento.
En el 2020, tras 732 días de baja, el INSS me denegó la incapacidad. Tras reclamación previa presentada, y aceptada por el INSS, me vuelve a valorar el ICAM y el INSS me reconococe una IPA en Mayo 2021. Según resolución del INSS de Mayo 2021 las lesiones que padezco son: "TRASTORNO LIMITE DE LA PERSONALIDAD DE GRADO GRAVE. FOBIA SOCIAL DE GRADO GRAVE. SUFRE UN TRASTORNO PSIQUIATRICO CRONICO Y GRAVE CON LIMITACIONES FUNCIONALES".
Mi pregunta es si el INSS suele revisar las patologías psiquiátricas graves y crónicas, y si tiene en cuenta mi historial médico y las veces que he pasado por el tribunal médico desde el año 2008, que ya van 6. Gracias.
Hola. Como la revisión es a un año , casi seguro que el INSS te revisará la incapacidad, pues cuando señalan un año para la nueva revisión, revisan.
Como tienes reserva del puesto de trabajo ( artículo 48, 2º del Estatuto de los Trabajadores) , si te revisan la incapacidad antes de los 2 años, y te anulasen la incapacidad por mejoría , tendrías derecho a reclamar su puesto de trabajo.
Por eso cuando en la resolución se indica que la revisión es a los 2 años, el INSS no revisa en general pues la persona se quedaría sin pensión y sin puesto de trabajo. Únicamente tendría derecho a un subsdio asistencial de 18 meses.
Ahora bien, en los casos en que la enfermedad incapacitante es psíquica, a veces el INSS revisa la incapacidad incluso después de los 2 años pues tiene acceso al historial médico a través de internet y si observa que ya no se acude al especialista de la seguridad social o si los informes médicos del psiquiatra o psicólogo señalan que ha habidoy una mejoría, en estos casos el INSS inicia una revisión.
Saludos
Hola. El pasado 06/05/2021 me concedieron la incapacidad absoluta con efectos retroactivos a 24/05/2020. La fecha para una posible revision es a partir de 05/2022. Mi primera pregunta es si el INSS tiene en cuenta la fecha de concesión (la posible revisión sería al año) o la fecha de efectos económicos ( la posible revisión sería a los 2 años).
Según la resolución del INSS, las lesiones que padezco son: "TRASTORNO LIMITE DE LA PERSONALIDAD DE GRADO GRAVE. FOBIA SOCIAL DE GRADO GRAVE. SUFRE UN TRASTORNO PSIQUIATRICO CRONICO Y GRAVE CON LIMITACIONES FUNCIONALES". Mi segunda pregunta es si el INSS suele revisar las patologías crónicas y graves. Gracias