Se entiende que la sustituta tiene un cto de sustitución, es decir una interinidad, si esto es así el cto finaliza el mismo día en que se le concede la incapacidad a la trabajadora con dcho a la plaza, el que la incapacidad sea revisable no quiere decir nada, al menos durante dos años todas las incapacidades son revisables por lo que la trabajadora que se jubila durante dos años tiene reserva del puesto pero el cto de interinidad finaliza cosa que por otra parte usted pone de titular que se trata de un despido, bueno pues tampoco, es un fin de cto que es muy distinto a un despido.
smo
Hola
Tengo una compañera que la han dado una incapacidad absoluta
y mi pregunta es si la que esta sustituyéndola se tiene que ir o se puede quedar pues ha habido casos en los que les han dado una incapacidad pero revisable y mientras se la volvian a revisar la qeu la sustituía se ha quedado en esa plaza
Un saludo