Te repito que lo mejor que puedes hacer es ir al Centro de Atención de tu ciudad y preguntarlo directamente allí.
No te quedes con la opinión que te den en un Foro.
Tienes una dolencia grave, un TLP, y pintar es algo que te viene ¡muy bien!. Saber qué puedes hacer con tus cuadros es algo que tendrán que decirte directamente en la oficina de la Seguridad Social.
Incapacidad permanente absoluta: Es aquella que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio. De ello se desprende que no puede trabajar por cuenta ajena o propia, estar de alta en la seguridad social y percibir una remuneración por cualquier actividad. En definitiva en "B" puede hacer lo que quiera, aunque si alguien se entera puede denunciarle a la inspección de trabajo y perdería su pensión
Incapacidad absoluta permanente por enfermedad mental
Hola amigos:
Yo tengo una Incapacidad Absoluta Permanente causada por una enfermedad mental, en concreto un Transtorno Límite de la Personalidad.
Yo siempre he pintado al óleo y en el ordenador.
Mi profesión era artista para películas de animación por ordenador, hasta que sufrí un episodio de autolesiones en el trabajo por ser imposible soportar esa presión. Ello deivó en mi situación.
Actualmente cobro una pensión por la Incapacidad Absoluta Permanente.
Mi pregunta es la siguiente:
Yo pinto cuadros, no por comercio, sino porque forma parte imprescindible de mi equilibrio mental. Mi mujer cuyo padre también es pintor ha decidido montar una tienda online para la venta de los cuadros de su padre.
Me ha propuesto insertar los mios también.
¿es legal que mi mujer venda mis cuadros o incluso yo mismo? ¿puedo pintar y que se venda?
Es obvio que para mi no es un "trabajo", es algo totalmente natural.
Esta duda es muy importante para mí, nadie me la ha sabido aclarar.