Intenta buscarlas en internet, bien directamente en la web de la aseguradora bien poniendo en el navegador "condiciones generales seguro automóvil" y el nombre de tu aseguradora.
Supongo que eso es lo que pone en las condiciones particulares ¿Ha examinado si en las condiciones generales hay una definición de incapacidad permanente y si existe alguna tabla referente a la gravedad de las lesiones que reduzca dicha indemnización (por ejemplo: pérdida o inutilización de ambas manos: 100% de la indemnización; pérdida de una mano: 50%)?
Si en ellas no existe tal mención, en principio, no debería haber otra interpretación de incapacidad permanente que la que usted propone.
Buenas.
En la poliza del seguro del vehiculo accidentado, pone expresamente lo siguiente:
Seguro conductor:
P.comp Incapacidad permanente. conductor ( seg conducto) 24500€ hasta 24500€ por victima.
Entiendo que el conductor recibira una indemnizacion de 24500€ en caso de incapacidad permanente y si existe alguna victima pues se le pagara una indemnizacion de hasta 24500€.
Las Aseguradoras saben que un porcentaje bastante alto de las poisbles reclamaciones decaen con la primera negativa o simplemente dando largas. Actualmente toda la documentación está digitalizada y es fácil acceder a ella y remitirla. Insista y reclame, al menos, cada semana esa documentación.
Estoy detras de la compañia para que me den las condiciones generales y particulares pero la compañia dice que tiene que solicitarla a madrid.Increible.
Esperare haber pero si no me la quieren entregar es porque algo me estan ocultado¿Verdad?
Buen día Jowar, lo primero que debe tener en cuenta es que su seguro lo integra tanto la póliza particular que usted firmó como las condiciones generales, las cuales son elaboradas unilateralmente por la aseguradora y en donde en ocasiones se comenten abusos incorporando a la misma una serie de cláusulas que tienden a limitar coberturas que en principio y cuando se firmaron las condiciones particulares eran absolutas.
Supongo que el extracto que transcribe en su post ha sido extraído de esas condiciones particulares, pero debe ir a las generales para saber si efectivamente la Cía Aseguradora graduó la indemnización en función de la gravedad de las lesiones. Si no se recoge tal extremo entiendo que podría reclamarle el 100% y si estuviera recogida esa graduación de la responsabilidad habría que estudiar la póliza para ver si la Aseguradora ha actuado con transparencia y por tanto la cláusula es legal o por el contrario ha actuado con mala fe, ocultando que el riesgo cubierto al que han denominado incapacidad permanente en sus condiciones particulares no coincide exactamente con el legal sino con la definición que ellos han plasmado en las condiciones generales y que en ningún momento le explicaron, induciéndole a error, ni usted consintió firmando expresamente las mismas.
Buenas.Necesito asesoramiento
Resulta que en 2004 sufri un accidente de trafico siendo yo el conductor.
Despues de 10 años me conceden una incapacidad permanente absoluta derivada del accidente de trafico.
Bien, fui a reclamar en 2015 a mi compañia la indemnizacion por la cobertura contratada en la poliza de seguros de mi coche la cantidad pactada en contrato.
La aseguradora me paga el 40% alegando que dependiendo de la gravedad ellos pagan un porcentaje.
Bien pues ahora en 2018 vuelvo a ir a la compañia y me dicen que ellos pagan dependiendo de la gravedad.
Mi pregunta es, han incurrido en un delito de estafa por no pagarme la indemnizacion??
Estoy esperando a que decidan y no me responden.
Que hago?