Como poder hacerlo puede, si lo justifica. Pongamos por caso un asunto urgente que ha ocurrido el día antes de la reunión, él se lo debe de comunicar al presidente para que sea él o bien otro vecino que se elegirá en esa reunión, el cual será el encargado de redactar y firmar el acta. Del mismo modo ocurriría si llegada la reunión no aparece. Se nombra a un propietario de los presentes para que actúe como secretario. De todo ello debe quedar constancia en el acta.