Buenas tardes,
Acabo de recibir un auto por el que no se admite a trámite una demanda de Juicio Monitorio por impago de deudas a la Comunidad de Propietario, alegando que no se ha acreditado la notificación a los demandados conforme a lo establecido en el artículo 9 LPH.
En la demanda se adjuntó burofax con resultado del envío que no fue entregado y se decia que con posterioridad a lo anterior se había notificado la deuda mediante la publicación en el tablón de anuncios de la C.P. pero no se justificaba documentalmente este extremo.
Siendo un requerimiento de pago, no entiendo porque me desestiman la demanda por tal causa. Si acaso en el correspodiente Juicio, en caso de oposición, aportaré la documentación necesaria acreditando tal circusntancia.
Una demana similar, en otro Juzgado, me la han admitido sin problemas diciendo que la notificación se ha realizado correctamente.
Ahora no se si recurrir el auto o presentar nueva demanda aportando tal documentación.
Alguna experiencia al respecto