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In dubio pro operario

9 Comentarios
 
15/10/2004 18:22
HOla.

No. No me he cambado de sexo. Sigo teniendo lo que tenía antes y gustandome los tios .

Por razones obvias, no voy a enviar correo alguno desde mi propio correo electrónico, por eso, a cualquier compalero o compalera de despacho le dices, ¿Puedes pasar este correo a esta dirección.? y como somos todos mu colegas, pues eso, lo pasa y todos contentos, yo conservo mi anonimato y nadie dispoen de mi cuenta de correo personal.

¿Queda aclarado.?
15/10/2004 09:46
Lolita:

La documentación me la ha enviado alguien que se identifica con ese nombre en el correo electrónico.
Quizá su sobrenombre sea Ninfa.
De todos modos, que quede claro, doy las gracias a todos los que han respondido y colaborado.

14/10/2004 20:44
A Miguel Cazorla..., por Ninfa (-). ¿Porqué no?
13/10/2004 19:46
Gracias a Miguel Cazorla por la documentacion enviada via correo electrónico. Me ha sido de gran utilidad. Un saludo.
11/10/2004 21:50
Ninfa:

Este es mi correo electrónico:
ALBERLARREA@terra.es

Gracias de antemano.
11/10/2004 11:17
HOla.

Si me facilitas un correo electronico, podré enviartelas.

Saludos,
09/10/2004 16:24
¿Podría valer este ejemplo o no?

Un trabajador que se casa por segunda vez, y el juez considera que le corresponden los 15 días por matrimonio (después de haber disfrutado otros 15 días por su primer matrimonio).

09/10/2004 15:59
Ninfa:
Gracias por responder.

¿Podrías decirme dónde puedo encontrar dichas sentencias? ¿O sería mucho pedir si me mencionaras de forma breve los casos que se relatan en dichas sentencias?
09/10/2004 13:08
Hola.

Coy a intentarlo.

El principio in dubio pro operario, sería la obligacón que el juez tiene de interpretar o elegir entre las distintas interpretaciones de la norma o prueba, las mas favorable al trabajador, para de esta forma, amparar a la parte mas debil en el pleito. Su aplicación, solo procede en el caso de duda de interpretación, valoración de la norma o los hechos. NO debe confurndirse con el principio de aplicación de la norma mas favorable al trabajador, ya que este principio obligaria a elegir entre distintas normas, la que tueviese una aplicación mas favorable para el trabajaor, pero donde no existe duda alguna.

En cuanto a sentencias, he visto que de forma expresa se hace mención a este principio en una del Juzgado de lo Social número 3 de Valladolid de 21 de junio de 2.004 y en otra del T.S.J. de Canarias de 24.05.1991.

Espero no haberme liado demasiado y por lo menos merecer un aprobado.

Saludos.
In dubio pro operario
08/10/2004 21:34
Soy profesor de enseñanza secundaria y una de las asignaturas que imparto es Recursos Humanos.

Tengo que explicar a los alumnos el principio laboral "in dubio pro operario" y no se me ocurren ejemplos o casos donde se vea que se ha aplicado dicho principio.

¿Podríais exponerme 2 o 3 ejemplos?
Agradecido de antemano.