Hola, solicite el IMV en junio de 2020 y cumplo todos los requisitos. Pero después de 6 meses me lo denegaron.
El año pasado cobre 6 meses de la RAI a razón de 243,81€ en junio y 430,27€ los 6 meses restantes del año.
En el año 2015 solicité la RAI y me la concedieron pero solo cobre un mes y medio porque dicen que me mandaron una carta certificada para presentarme en el SEPE y no fui. Con lo cual me lo suspendieron por completo. No recibí ninguna carta y en correos no había constancia de ningún certificado de dicha citación
El caso es que recurrí hasta llegar al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, donde fallan a mi favor y alegan que es una falta leve y solo me penalizan con un mes. El resto me lo tenían que abonar.
El año pasado recibí como pago único de dicha sentencia de 3472€. Ahora resulta que lo añaden como computable en mis ingresos y me deniegan el IMV por esceso de ingresos.
Mi pregunta el pago único de esa cantidad que te correspondía haberla cobrado hace 4 años es computable a efectos de ingresos.
Gracias y siento el ladrillo.
Saludos