Tengo un cliente que por ingresos que tiene no llega al mínimo y no está obligado a declarar el IRPF, sin embargo aparece en sus datos fiscales una renta imputada de comunidad de bienes de -100 euros y retención de 40 euros, ya que la comunidad de vecinos dónde vive tiene la azotea alquilada por una antena Vodafone. Al parecer eso lo obliga a presentar la declaración y no entiendo por qué? Ya que la renta no suma sino que resta y sigue sin llegar al mínimo. Alguien sabe por qué?
Porque hay que mirar los rendimientos íntegros, no los netos.
" No tendrán que presentar declaración en ningún caso quienes obtengan rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros".
Eso que me dices es el último epígrafe de los no obligados a declarar. He estado mirando este tema y creo que no es por nada relacionado con ese artículo, ahora diría que es por la reforma fiscal en materia de comunidades de bienes, que por lo que voy descubriendo, las comunidades que perciben superiores a 3000 euros y sujetas a IVA deben declarar las rentas, y como no son personas jurídicas, están obligados a declararlas sus comuneros. Entiendo que será por eso, lo cuál es una p***** para los que por nivel no estaban obligados a declarar, y más aún si les sale a pagar
Es por lo que te han dicho. Lo que dices tú se refiere a la información que obra en Hacienda por la obligación de declarar por parte de la comunidad. Pero si las rentas fueran inferiores a 3.000, la obligación de declarar de tu cliente sería la misma.